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Las leyes sobre trabajo doméstico remunerado en america latina

El Centro de Documentación y Estudios (CDE) pone en línea dos publicaciones recientes:  1) “Las leyes sobre trabajo doméstico remunerado en América Latina”, un estudio realizado por Hugo Valiente, y  2) “Avances en los Derechos Laborales del Empleo Doméstico en Paraguay”,  de autoría de Lilian Soto.

La publicación de autoría de Hugo Valiente es un breve diagnóstico descriptivo actualizado del régimen legal vigente sobre trabajo doméstico remunerado en 18 países de América Latina, incluyendo el Caribe hispano. El trabajo tiene como objetivos: a) describir el marco jurídico que encuadra estas relaciones laborales y cuál es el nivel de generalización de estándares en la región; b) identificar el grado de igualdad o discriminación que presentan las leyes aplicables a las trabajadoras domésticas respecto de los estándares mínimos reconocidos para cualquier trabajador o trabajadora del sector privado de los países examinados; y c) identificar el sentido de las reformas producidas en los últimos quince años y si es factible apreciar que las reformas significaron la evolución de las leyes laborales de modelos de menor a mayor inclusión.

El trabajo de Lilian Soto, se propone como un  documento para proveer a las trabajadoras domésticas organizadas un instrumento de trabajo que ayude a la difusión de la nueva normativa entre todas las trabajadoras del sector, para que puedan conocer sus derechos y ejercerlos.Avances den los derechos laborales del empleo doméstico en Paraguay

Sobre la nueva ley

En octubre de 2015, después de casi una década de lucha de las organizaciones de trabajadoras domésticas, fue promulgada la Ley del Trabajo Doméstico 5407/2015. Esta normativa cambió la situación en la que se encontraba el empleo doméstico en Paraguay, regulado hasta entonces por el Código Laboral del año 1993, según expresa uno de los materiales.

En ese código laboral, se establecía un capítulo especial para el Trabajo Doméstico, asignándole menores derechos en comparación con los demás tipos de empleo. La nueva norma reconoce varios derechos al sector de las trabajadoras domésticas, algunos abordados específicamente y otros remitidos a la norma general establecida en el Código del Trabajo. Sin embargo, se mantiene la desigualdad salarial, no se establece límite de jornada laboral para la modalidad sin retiro y la ley aún debe ser reglamentada para garantizar en la práctica lo que se estipula legalmente.

Para la realización de ambas publicaciones se contó con el apoyo de ONU Mujeres, y la impresión se ha realizado también con la colaboración del “Programa de acción mundial sobre personas trabajadoras domésticas migrantes y sus familias”, coejecutado en Paraguay por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y ONU Mujeres, con fondos de la Unión Europea.

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