• 06 May 2015

Foto: http://www.pj.gov.py

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“Si fuera necesario para proteger de un peligro serio la vida”. Así dice el Código Penal cuando se refiere al único supuesto despenalizado de interrupción del embarazo en Paraguay. ¿Qué significa esto? ¿Que la mujer debe estar ya en proceso de riesgo inminente, de casi empezar a morirse, antes de que se ponga a su disposición la posibilidad de un aborto? Considero que no, que la ley habilita a impedir que la mujer llegue a verse en ese serio peligro: que su vida sea protegida de ese riesgo. Cada quien debería poder asumir hasta qué punto desea acercarse al peligro de perder la vida. La ciencia médica tiene la obligación de proporcionar información sólida que permita valorar el riesgo e impedirlo. El Estado paraguayo debe obrar para que ninguna mujer (y menos aún una niña) se vea obligada a arriesgar su vida por proseguir con un embarazo.