• 16 Mar 2015

Clyde Soto // Hemos escuchado repetidas veces esta preocupación expresada por algunas personas en el marco del proceso de debate sobre la ley del trabajo doméstico en Paraguay. Hay quienes se preguntan cómo podrán pagar un salario mínimo a la empleada, si es lo que apenas perciben por el trabajo remunerado que realizan en otros sectores. Sin embargo, es imprescindible dar vuelta a esta pregunta para comprender por qué las trabajadoras domésticas sí deben ganar el mínimo (lo que significa piso, por lo que podría incluso ser más).

La pregunta que debemos hacernos es ¿por qué debería haber personas habilitadas a beneficiarse con los servicios prestados por otras bajo un régimen de explotación? ¿Qué argumento, situación o condición es la que se pretende hacer valer para someter a algunos seres humanos –en este caso mujeres casi en su totalidad– a un trabajo con menos derechos que el resto? ¿Acaso porque son las más pobres entre los pobres deben convertirse en personas sin derecho a una retribución que les permita una vida digna y, justamente, dejar atrás la pobreza? ¿Qué les permite a ciertas personas creerse con derecho a no realizar por sí mismas –o entre quienes integran su hogar– el trabajo que precisan para cuidar sus casas, alimentarse y cuidar a otras personas? ¿Qué es lo que supuestamente les habilitaría a tener a otras personas bajo un régimen de servidumbre y a negarse a contratarlas como lo que son: gente con dignidad, que realiza un trabajo que vale igual y por tanto merece iguales derechos?

Pero desde el lado opuesto a la igualdad, no se escuchan argumentos que respondan a estas cuestiones. Por el contrario, se recurre a la descalificación y a la amenaza para desalentar este gran cambio democratizador y de justicia en el Paraguay. Se dice que las trabajadoras deberán estudiar y formarse para ganar el mínimo. Pues no: el mínimo es para el trabajo básico, que no requiere de formación superior o especialización académica certificada. Y en todo caso, ¿acaso cuidar un hogar y a otras personas no es un trabajo que requiere saberes y especializaciones que la mayoría de las mujeres adquiere por vía de la socialización temprana? Es hora de hacer valer lo que se sabe, señoras. Se indica que las empleadas domésticas quedarán sin trabajo, pero lo que se irá acabando es el trabajo explotado, y se lo cambiará por trabajo digno: quien no pueda pagar por tiempo completo lo pagará por horas, cada persona se hará cargo del trabajo doméstico propio y familiar en mayor medida, pues no será transferible bajo condiciones de explotación.

Actualmente, la ley establece para el trabajo doméstico apenas un 40% del salario mínimo. Las trabajadoras piden el 100%. El Senado dio media sanción a la nueva ley con solo el 60%. La Cámara de Diputados puede aún modificar el proyecto y devolverlo al Senado, eliminando la persistencia de la discriminación. Pero en todo este proceso, hay una voz ciudadana que debe hacerse más fuerte y más potente, aquella que defiende la igualdad plena. Y para que esto suceda, tenemos que modificar la pregunta: ¿hay alguna razón por la que debamos discriminar o explotar a otras personas? La respuesta está dada, y es además el postulado básico de los derechos humanos: todas las personas son iguales en dignidad y en derechos. No se admiten discriminaciones. Es lo que dice la Constitución nacional del Paraguay. Es lo que esperamos haga valer la Cámara de Diputados el 17 de marzo, que es mañana.

TDR - Diputada diputado


  • 12 Mar 2015

Clyde Soto// Parecía que un rayo de luz y sabiduría había finalmente descendido sobre la Cámara de Diputados: primero rechazaron la ley pyrawebs y, luego, empezó el debate sobre la ley del trabajo doméstico. Ante nuestros ojos y oídos atónitos desfiló una decena de oradoras y oradores (de todos los partidos), quienes ardientemente defendieron el fin de la discriminación a las trabajadoras domésticas, recitaron artículos constitucionales que impiden discriminar, alegaron mil y un motivos por los cuales no se puede aprobar apenas el 60% del salario, indicaron que no se puede admitir que trabajen menores de edad al ser un tipo de trabajo que implica peligros, recordaron que esta es una discriminación que afecta a todas las mujeres; en fin… parecía que soñábamos, pero lo estábamos oyendo.

Hasta que: ¡dejaron sin quórum la sesión! Habían comenzado 73 y terminaron apenas 39.

El tema es que si no tratan el proyecto y modifican las discriminaciones aprobadas por la Cámara de Senadores, la ley tendrá sanción ficta el 18 de marzo. Convocaron a una sesión extraordinaria para el martes 17, pero podrían haber concluido hoy.

Aun así, hay una oportunidad de impedir que siga adelante la discriminación. Así que vamos.

 

En la sesión de la Cámara de Diputados. Foto de la página "Igual valor, iguales derechos". https://www.facebook.com/Igualvalorigualesderechos?fref=ts

En la sesión de la Cámara de Diputados. Foto de la página “Igual valor, iguales derechos” https://www.facebook.com/Igualvalorigualesderechos


  • 11 Feb 2015

Clyde Soto y Rocco Carbone // Mientras las redes sociales se sacudían con las noticias referidas al Cerro León y los periódicos se saturaban con las cuentas secretas de Horacio Cartes en Suiza, la Larga Marcha campesina llegaba a Asunción el 10 de febrero, concluyendo su potente desfile de seis días, formulando sueños y vientos de cambio en el Paraguay. Gran marcha, enorme discursividad plebeya que traza una escritura, acompañada del peso de cuerpos portadores de una frase política poderosa: “Paraguay se pone de pie por una Patria nueva”. Patria –nos los enseñó Podemos desde España, recuperando la experiencia griega de Syriza; aventuras, ambas, que aprendieron mucho de la América Latina del siglo XXI–: “esa comunidad que asegura que se protege a todos los ciudadanos, que nos permite soñar un país mejor, creyendo seriamente en nuestros sueños” (Pablo Iglesias, dirigente de Podemos, discurso en Madrid, 31/01/2015).

Cuerpos a borbotones fueron saliendo desde diversos puntos del país para unirse a las dos columnas organizadas por el Partido Paraguay Pyahurã, agrupación política de izquierda, de mayoría campesina, surgida como movimiento en 1996 y constituida como partido en 2012. La demanda fue y es que renuncien Cartes y su gabinete y se instale en el país un gobierno patriótico y democrático, porque el actual gobierno paraguayo representa la apropiación del país para la minoría de siempre, beneficiada con privilegios ganados y sostenidos sobre la masacre de derechos de las grandes mayorías paraguayas/latinoamericanas. Las mismas mayorías relegadas por la configuración de los Estados nación y aun antes, desde la Conquista y la colonización de estos territorios. La proclama de la Larga Marcha explica como razones de tal demanda al conjunto de cuestiones que sacuden al país desde antaño y se profundizan desde el golpe de 2012 y el posterior regreso del coloradismo al poder en 2013 (remozado con su proyecto de reestructuración capitalista): la modificación de la ley de defensa, la privatización encubierta por la Ley de alianza público-privada, la desigual política fiscal, la persecución a los pobres, a sus dirigentes y organizaciones, la narcopolítica, la incapacidad de los partidos tradicionales de enfrentar estos flagelos.

El Cerro León está ubicado en el norte del Chaco, en el área protegida del Parque Nacional Defensores del Chaco, y forma parte del territorio ancestral del pueblo Ayoreo. En esa región habitan los últimos núcleos de ayoreos en aislamiento voluntario, sin contacto con la sociedad circundante pero permanentemente amenazados por su avance. El Cerro León está en la mira de la voluntad de exploración y posterior explotación manifestada por el gobierno nacional. Quieren hacer de él una cantera para sacar piedras y realizar caminos en el Chaco paraguayo. Un juez dio curso a un amparo que prohíbe tales acciones, pero un tribunal de apelación aceptó la apelación de la propia Secretaría del Ambiente, eliminando el eventual obstáculo judicial a la pretensión de avanzar sobre el Cerro.

El caso Cerro León es la expresión del patrón de actuaciones gubernamentales, vía alianza nefasta de los tres poderes estatales, para instalar un modelo económico basado en la ideología desarrollista, que propicia la sobreexplotación de la naturaleza sin contemplaciones ni del equilibrio ambiental ni de los derechos de las personas, donde la ley es el retorno y beneficio privado de los inversores. Las palabras del ministro de Obras Públicas y Comunicaciones (Ramón Jiménez Gaona) fueron nítidas: “hoy no sabemos si tenemos piedras que sirvan para alguna cosa que no sea simplemente estar ahí” (ABC, 10/02/2015). Desde esta visión, el Cerro León “no sirve” porque simplemente “está ahí” sin que se lo explote. El pueblo Ayoreo, habitante ancestral de ese territorio, no existe como preocupación gubernamental, pueblo integrado por subjetividades y no piedras.

Entretanto, el caso Curuguaty sigue su complejo camino hacia la impunidad con el juicio-farsa a Rubén Villalba, iniciado el 11 de febrero en Salto del Guairá. Se trata de uno de los campesinos injustamente acusados en la causa de la masacre de Marina Kue (que dio pie al golpe de 2012). Lo procesan por otro caso ya extinto: el conflicto de Pindó (2008), cuando pobladores de la comunidad resistieron a que una comitiva fiscal habilitara la fumigación sojera cerca del tanque de agua y en las inmediaciones de la escuela básica de la zona. La causa estuvo suspendida por siete años hasta que al sistema le convino resucitarla para sostener la prisión ilegal de Rubén; que lleva 28 meses, incluidas dos huelgas de hambre de 60 días cada una.

¿Qué representan estas cuestiones en la vida política y simbólica del Paraguay? Rubén Villalba: la resistencia ante la injusticia operada desde el sistema judicial. El Cerro León: la angurria capitalista, el olvido indígena por parte del Estado y una ciudadanía que podría hacer de la indignación un acto político. La Larga Marcha campesina: una gran expresión de que, pese a todo, el Paraguay se mueve, resiste y también se piensa desde otras perspectivas que provienen de los sectores arrasados por el mismo modelo depredador que pretende hacerse con el Cerro León.

 

nosetoca


  • 29 Dic 2014

por Rocco Carbone y Clyde Soto //

Pensar al Paraguay bajo los signos del autoritarismo –remozado, maquillado de manera artificiosa con la promesa desarrollista y acompañando un “proyecto revolucionario” de reestructuración capitalista– podría ser no solo paralizante sino hasta desmoralizador, sobre todo si se piensa que ya casi 26 años de vida pos-dictatorial representan algo así como un remolino del que pareciera no se puede salir, que termina llevando de nuevo a todo un pueblo al mismo pozo de donde ha estado intentando escapar, sin mucha fortuna, que atrapa los intentos de construcción democrática y los devuelve a esa matriz tan profunda; casi estaríamos tentados de decir tan paraguaya. Pero es precisamente por eso que hay que pensar al Paraguay autoritario, porque es necesario desandarlo, exponerlo y desatar los nudos que lo sostienen y le dan vida. Porque de esa manera es posible pensar también al Paraguay democrático.

 

Categoría de “autoritarismo”. Para ver de qué se trata, siguiendo la conceptualización de Stoppino en la voz “autoritarismo” del Diccionario de Política de Bobbio y otros (1991: 125-136), en un sentido generalísimo, cabe recordar que se refiere a la estructura de las relaciones de poder y que hablamos de regímenes autoritarios para designar a todas las clases de regímenes no-democráticos. Se caracterizan por la falta de elecciones populares y por la ausencia del Parlamento o por su presencia ceremonial sometida al predominio del Ejecutivo, así como por la inexistencia o inoperancia de un sistema de justicia sujeto a los intereses del poder político e incapaz de impedir o limitar los abusos estatales con relación a los derechos humanos. El adjetivo se usa en por lo menos tres contextos específicos: la estructura de los sistemas políticos, las disposiciones psicológicas respecto al poder y las ideologías políticas. Son autoritarios esos sistemas políticos que privilegian el momento del mando por sobre el momento del consenso. Concentran el poder político sobre una sola subjetividad, un solo partido o un solo órgano, en detrimento de subsistemas políticos como los partidos, los sindicatos, los movimientos sociales y los grupos de presión en general (que son propios de la democracia). La oposición trata de ser reducida, cuando no borrada. En los regímenes autoritarios las instituciones tienden a ser vaciadas de sentido para transmitir la autoridad política de arriba hacia abajo.

 

En cuanto al rasgo psicológico, podemos hablar de una doble direccionalidad que presenta el autoritarismo: hacia arriba y hacia abajo. Hacia arriba: se verifica la disposición a la obediencia hacia superiores o hacia todos los que concentran poder. Hacia abajo: se verifica la disposición a tratar con arrogancia y con desprecio a los subordinados y en general a todos los que no tienen poder), atacando a las personas consideradas débiles y socialmente reconocidas como víctimas (en Paraguay, por ejemplo: indígenas, campesinos, comunidad LGTBIQ). La personalidad autoritaria muestra una sumisión exacerbada hacia arriba, se apega a la fuerza y la potencia del poder e imprime agresión hacia abajo, es decir, ataca a todo lo que supone inferior o muestra signos de debilidad.

 

En cuanto a lo ideológico: todas las ideologías autoritarias niegan en mayor o menor medida la igualdad entre los sujetos y enfatizan la inflexión jerárquica; también tienden a exaltar como virtud ciertos aspectos de la personalidad autoritaria. De esto desciende que las ideologías autoritarias son aquellas en que el énfasis de la autoridad y de la estructura jerárquica de la sociedad tiene una función conservadora. En general, el orden jerárquico tiende a preservar el pasado, la tradición, “lo que somos”. En este sentido, las ideologías autoritarias hacen primar el orden por sobre la transformación integral de la sociedad.

 

En cuanto a los regímenes políticos, el autoritarismo se refiere a sistemas no-democráticos caracterizados por un grado muy bajo de movilización social, o por la represión directa a toda contestación al poder. El pensamiento autoritario no se limita a articular una organización jerárquica de la sociedad (política), sino que hace de esta organización el principio político exclusivo para lograr lo que considera el bien supremo, que es el orden. Y el temor del pensamiento autoritario es que sin un orden jerárquico la sociedad sería arrojada al caos, a la disgregación. Entonces, lo que caracteriza a la ideología autoritaria es que el orden ocupa todo el espectro de valores políticos y el ordenamiento jerárquico, que desciende de ahí, agota toda la técnica de la organización política. Podríamos decir que el autoritarismo es ideología del orden. Y que en Paraguay el estribillo “Nuevo Rumbo” quiere decir esto: una nueva forma del orden (acompañado de un proyecto de reestructuración capitalista) sin el cual el país estaría condenado al caos. Ese contenedor –“Nuevo Rumbo Autoritario”– es el que aún tiene que ser descubierto en sus sentidos profundos por la sociedad, por lo menos por esa parte de esa sociedad progresista que intenta construir democracia pese al remolino autoritario.

 

“Nuevo Rumbo”: ideología del orden. Es la voz del retorno a ese orden que se consideró “perdido” cuando apenas despuntaba la primera experiencia de alternancia política que de alguna manera podría haber conmovido las bases del autoritarismo que se hizo dominante en la historia paraguaya. Pruebas, por ejemplo: la masacre de Marina Kue y su desarrollo en lo que es hasta ahora el caso más vergonzoso de manipulación del sistema de (in)justicia, que mantiene ilegalmente preso a Rubén Villalba y en arresto domiciliario a un conjunto de campesinas y campesinos que siguen esperando el juicio oral (pasado a junio de 2015), sometidos a la arbitrariedad de un proceso penal programado para dar el punto final necesario a la masacre que derivó en el golpe parlamentario de 2012. Por si no bastara, ahora la defensa del caso Curuguaty está siendo atacada por un sumario, acusada de dilatar el juicio, porque con eso desafía el libreto prefabricado por quienes digitan desde las sombras el orden autoritario. El sistema de (in)justicia paraguayo con sus operatorias “transformó mágicamente” a tres letrados en campesinos. Y en esa operatoria perversa, sin embargo, se cifra un enigmático reconocimiento jurídico. A mayor heterodoxia, mayor riesgo de sanción.

 

Y podríamos seguir con el secuestro y procesamiento absurdo de un estudiante chileno, que por gracia de las presiones internacionales se libró de la persecución penal irracional del Paraguay. O con el caso del periodista Paulo López, procesado en este momento bajo la acusación de haber opuesto resistencia ante los policías que lo torturaron tras una detención ilegal.

 

El rasgo común del autoritarismo es el principio de autoridad, que articula la relación de poder y por ende la relación entre el mando y la obediencia condicionada hacia un jefe o una élite dominante. Obediencia que juega en contra de toda construcción posible de consenso por parte de los subalternos, que oprime su libertad y que niega todo valor democrático. Todos estos matices se pueden verificar en el orden político digitado por el Partido Colorado (aunque de manera no exclusiva). Y en el ámbito mundial hay ejemplos más que significativos: la Iglesia Católica –no entendida en su mensaje cristiano– es una institución defensora del orden y de la jerarquía; en la primera parte del siglo XX europeo tuvimos el ejemplo del fascismo y del nazismo, que digitaron experiencias de “Estados autoritarios” (si bien aquí “autoritarismo” es más próximo a “totalitarismo”, sobre todo en el caso alemán); luego de 1492 todas las experiencias coloniales en América Latina también tuvieron profundas marcas autoritarias, tal como las tuvieron todas las oligarquías modernizantes o tradicionales de los países “en vía de desarrollo”.

 

En mayor o menor medida, todo orden sociopolítico autoritario presenta una baja sensibilidad hacia las libertades civiles (libertad de expresión, derecho a la privacidad, derecho a que la vivienda no sea allanada sin una razón, derecho a ser juzgado de manera justa, derecho al matrimonio y hoy derecho al matrimonio igualitario, derecho al voto, etc.). Muestra también una baja inclinación a sostener un sistema pluripartidario (en Paraguay el Partido Colorado, con una dictadura de 35 años metida adentro, gobernó a lo largo de seis décadas antes de 2008 y luego de 2013 volvió a su ejercicio hegemónico). Manifiesta además un alto grado de intolerancia en términos generales y de manera específica y exacerbada hacia “desviaciones” de “códigos morales convencionales”, cierta inclinación hacia campañas en contra de extranjeros o minorías étnicas o religiosas y la tendencia a apoyar partidos extremistas. En definitiva, estamos hablando de un orden propenso a la discriminación, que quiere decir separar o diferenciar una cosa de otra cosa y a otorgar un trato de inferioridad a la “cosa” separada, que puede ser una persona o una colectividad; apartada por motivos raciales, étnicos, religiosos, sexuales, de clase, ideológicos, identitarios, entre otros. Y para activar el dispositivo “discriminación” los gobiernos autoritarios suelen recurrir a los instrumentos tradicionales del poder político: ejército, policía, poder judicial, burocracia (en el mejor de los casos).

 

Es bajo la lupa del examen sobre el autoritarismo que pueden ser entendidas las anécdotas de la vida política paraguaya. Pues así sabemos que el Legislativo aún se opone a la ley contra toda forma de discriminación porque en su marco autoritario (dominante entre quienes ocupan bancas) no cabe que la gente deba gozar de derechos sin que haya una sola causa aceptable para la discriminación, como de hecho lo indica la propia Constitución paraguaya aprobada en 1992. Y entendemos por qué la Fiscalía y el Poder Judicial son usados como herramientas para apartar a quienes molestan para los fines de poderosos, o cómo es que la Policía Nacional –fuerza pública con funciones de resguardo del orden interno– termina protegiendo que se fumiguen sojales en vez de proteger a los seres humanos amenazados por pesticidas, o por qué Horacio Cartes inició su gobierno dándose (gracias a un Poder Legislativo sumiso) la potestad de usar a las Fuerzas Armadas en operaciones de orden interno y cómo es que soportamos que las Fuerzas de Tareas Conjuntas violen sistemáticamente los derechos de tanta gente campesina del norte. Podemos además captar por qué desde el “Nuevo Rumbo” hablan de renovación judicial, siendo que ya sabemos que solo desean cambiar de manos al dominio sobre la famosa rosca judicial. Los ejemplos –las pruebas– sobran: son ampliamente conocidos en el Paraguay, e incluso algo más allá de las fronteras.

 

Lo que todo esto muestra es en todo caso la necesidad imperiosa de nominar a quienes portan los signos del autoritarismo e inmovilizan al Paraguay bajo el remolino de permanencia y retorno en acción conjunta con un proyecto de reestructuración capitalista del país. Y de examinar y señalar, además, a todo lo que facilita y alimenta al juego autoritario. Porque no hay más camino que desandar y denunciar a esta continuidad nefasta para construir otra realidad, más sólidamente democrática.

 


Referencia. Mario Stoppino, “Autoritarismo”, en Norberto Bobbio y otros, Diccionario de política, México, Siglo XXI, 1991, 125-136.

*Aclaración de los autores: En la versión de este artículo difundida a finales de diciembre de 2014, no figuraban la referencia bibliográfica ni la indicación acerca de la conceptualización sobre autoritarismo glosada en el texto (23 de enero de 2015).

 

 

manifestación 15 agosto 2014

Foto: Manifestación del 15 agosto de 2014, Clyde Soto.


  • 10 Dic 2014

Parece que el Paraguay está profundamente dividido entre quienes gustan y quienes no gustan o rechazan esto de los derechos humanos. La conmoción ante crímenes horrendos y la percepción de amenaza generada por el miedo, profundizan esta segregación, que además se traduce en oleadas de injurias hacia quienes se manifiestan a favor de los derechos humanos, y más aún si actúan en defensa de ellos.

La negación de los derechos humanos, o la pretensión de adjudicarlos sólo a determinadas personas o colectivos –lo que equivale a su negación– es altamente indeseable y peligrosa: es la antesala de la permisividad ante su violación y constituye el elemento ideológico fundante de la impunidad de quienes son responsables del irrespeto de estos derechos. Por ello, este escrito pretende sistematizar algunas ideas básicas sobre los derechos humanos, con la esperanza de que cada persona de este país y de cualquier lugar del mundo busque comprender lo que son y se sienta titular de estos derechos, como parte irreductible de lo que entendemos como humanidad.

1. Los derechos humanos son atribuciones (libertades, potestades, capacidades) que corresponden a todos los seres humanos sin excepción, por el sólo hecho de serlo. No son personas u organizaciones concretas; ergo, no debemos usar la frase “derechos humanos” como si fuera equivalente a alguna organización o algunas personas (ejemplos: “¿Dónde están los derechos humanos que no vienen?”, “Ya otra vez los derechos humanos defendiendo a los delincuentes”), puesto que es una deformación conceptual que impide visualizar lo esencial de la idea: se trata de derechos que corresponden a todas y cada una de las personas, sin excepción: jueces y ladrones, delincuentes y personas honradas, autoridades y funcionarios/as o ciudadanas y ciudadanos sin cargas públicas, campesinos y terratenientes, gente urbana, gente rural, y todas las categorías que se quieran aplicar. Los derechos humanos corresponden a todas las personas y son irrenunciables, además de universales, indivisibles e interdependientes.

 

2. Las organizaciones y personas que defienden derechos humanos no “son derechos humanos” sino que son “organizaciones/personas defensoras de derechos humanos”. Todos/todas tenemos derechos humanos. Hay organizaciones y personas que los defienden, o intentan hacerlo, y que se encuentran identificadas con esa labor. No obstante, la defensa de derechos humanos es una responsabilidad de todas y cada una de las personas, pues si dejáramos ese campo sólo a cierta gente, estaríamos restándole efectividad a la idea.

 

3. Si los derechos humanos nos corresponden a todos los seres humanos, su vigencia es dependiente de un complejo juego de reconocimiento normativo y aplicación institucional, es decir de acuerdos, leyes y responsabilidades que corresponden al ámbito del derecho, tanto nacional como internacional. Los estados nacionales, como entidades centrales para la organización de la convivencia humana, son así los llamados a traducir los derechos humanos en sus leyes y en sus actuaciones, y sobre esto deben dar cuenta a una comunidad internacional que ha construido sistemas para instituir instrumentos y mecanismos con el objetivo de garantizar, defender y promover la vigencia los derechos humanos.

 

4. Así, los estados son responsables (por vía de sus leyes y compromisos internacionales) de que los derechos humanos tengan vigencia. Esto significa que estos aparatos institucionales, bajo cuyas reglas y modos de funcionamiento convivimos, deben respetar irrestrictamente los derechos humanos, deben proteger el goce de los mismos, deben garantizarlos para todo ser humano bajo su jurisdicción, deben impedir que sucedan violaciones a estos derechos y deben promover su vigencia efectiva.

 

5. Por lo tanto, lo que comúnmente llamamos violaciones a los derechos humanos son aquellas faltas a las obligaciones antes señaladas, cometidas por los estados. Y se producen de diversas maneras: por falta de suficiente reconocimiento en las leyes, por ausencia de políticas aptas para hacer efectivas las leyes, por políticas contraproducentes para los derechos, por violaciones de las leyes por parte del mismo Estado a través de sus agentes (personas con responsabilidades o cargas públicas), o por permisividad o insuficiente protección y defensa de ciudadanas/os o colectivos ante la violación de derechos causadas por particulares (no agentes estatales).

 

6. Entonces, las organizaciones y personas defensoras de derechos humanos enfocan su acción ante el Estado, para controlar, exigir y promover que cumpla sus responsabilidades relacionadas con los derechos humanos. Por ello, están preocupadas y ocupadas ante las leyes, políticas y actuaciones estatales, en tanto éstas pueden implicar una merma para la vigencia de los derechos humanos y para su disfrute efectivo por parte de cualquier persona.

 

7. El Estado debe actuar para impedir que personas particulares u organizaciones privadas cometan actos que atentan en contra de algún derecho humano (por ejemplo, asesinatos, secuestros, trata de personas, entre muchos otros). Además, debe prevenir que sucedan y, cuando suceden, debe castigar estas acciones y velar por la reparación del daño. No son las organizaciones o personas defensoras de los derechos humanos las que deben actuar ante este tipo de sucesos, sino el Estado. Si el Estado no actúa, o actúa mal, se pasa al campo de interés de la defensa de los derechos humanos desde la sociedad civil.

 

8. Por eso, es equivocado saltar ante crímenes que sacuden a la sociedad para preguntarse: “¿Dónde están los derechos humanos, que no dicen nada?”, pues las organizaciones y personas defensoras de derechos humanos están pendientes no de los hechos punibles cometidos por particulares, sino de lo que el Estado hace, de cómo lo hace y de lo que no hace el respecto. Además, están preocupadas de que no sea el mismo Estado, a través de sus agentes y de sus normas, el que viola los derechos humanos.

 

9. Por todo esto, veremos a las organizaciones y personas defensoras de derechos humanos preocuparse y movilizarse ante las leyes y acciones que impliquen un abuso de poder estatal, o una actuación inadecuada o insuficiente del Estado. Y cuando hay una falta o una irregularidad en este sentido, es imprescindible una ciudadanía atenta que pida la intervención de quienes defienden los derechos humanos.

 

10. Y también debido a todo esto, debemos preocuparnos como sociedad de que existan organizaciones y personas defensoras de derechos humanos, capaces de interactuar y de exigir al Estado, y de que puedan hacer su trabajo con plenas garantías: sin amedrentamientos, persecuciones o impedimentos. Cuando las organizaciones y personas defensoras de derechos humanos son amenazadas por el Estado, posiblemente estemos ante serias posibilidades de merma en cuanto a los derechos de toda la ciudadanía.

 

Mientras no entendamos qué implican los derechos humanos y su marco institucional de respeto, protección, garantía y promoción, vamos a tener una sociedad profundamente dividida, incapaz de proteger sus derechos y de exigir su cumplimiento.

ddhh

 


Clyde Soto es feminista y activista de derechos humanos. Investigadora del Centro de Documentación y Estudios (CDE), representante institucional ante la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (Codehupy).

*Artículo escrito por Clyde Soto en agosto de 2013, recuperado para el 10 de diciembre de 2014 por su vigencia.

 


  • 12 Nov 2014

Hay gente que defiende sus privilegios. Por ejemplo, el privilegio de ser considerada “decente” por responder a determinado estilo de vida, o por tener (creer tener) lo que se considera como una “familia modelo”, o por responder a los estándares más valorizados socialmente, por motivos varios: ideología, religión, identidad de género, aspecto físico, idioma, sexo, etnia, origen socioeconómico, estado de salud, orientación sexual, raza, pertenencia política, entre muchos otros factores que enriquecen y dan diversidad a las sociedades humanas.

Para sostener esto, se precisa ubicar a quienes no responden al estatus valorizado en los sitios de la anormalidad, de la perversidad, de lo indeseable: al sitio de quienes no merecen igualdad de derechos. Discriminar es quitar derechos. Discriminar es ratificar privilegios. La discriminación es lo contrario de la igualdad.

Todas las personas somos iguales en dignidad y en derechos. Por eso es necesario prohibir toda forma de discriminación. Y por eso en Paraguay necesitamos una Ley contra Toda Forma de Discriminación.

DISCRIMINACIONES


  • 19 Ago 2014

imagen campaña apoyo a Lucía SandovalMi feminismo es básicamente antiesencialista: podemos cambiar el lugar de subordinación histórica de las mujeres porque no es esencia ni naturaleza inmutable. Si así no fuera, solo cabría la resignación. El feminismo no es postular que todas las mujeres son “buenas” o “mejores”, sino una crítica profunda al lugar colectivo de las mujeres en la sociedad y en la cultura, y a las construcciones genéricas (elaboraciones culturales y sociales de la diferencia sexual) que lo han posibilitado.

El caso de Lucía Sandoval nos muestra crudamente cómo las mismas mujeres también portan los mandatos patriarcales de la discriminación: la fiscala acusadora es una mujer (María José Pérez de Giamperi), la abogada querellante es otra mujer (María Candia de Hermosilla). Sus argumentos desconocen todo lo que se ha analizado y trabajado para desvelar y desnaturalizar la violencia hacia las mujeres basada en el género y repiten estereotipos discriminantes. ¿Qué decir y hacer ante esto?:

– Que las mujeres no son inmunes al patriarcado, y a veces son además las más férreas portadoras de sus mandatos. Como muchos hombres, como cualquier persona.

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  • 06 Ago 2014

Lucía Sandoval está siendo enjuiciada en Paraguay debido a que se la acusa de responsabilidad ante la muerte de su marido a causa de un disparo accidental, realizado con la misma arma con que estaba siendo amenazada de muerte. El hecho ocurrió en medio de un forcejeo, justo cuando ella le comunicaba la medida judicial de exclusión del hogar que consiguió tras denunciar la violencia sistemática de la que era víctima. Lucía logró que se aplique la ley que protege a las personas ante la violencia doméstica, pero esto derivó en más violencia.

 

Se trata de un caso paradigmático, pues esto que pasa con Lucía lo han sufrido ya muchas mujeres y porque las respuestas del Estado también son tradicionales: culpabilizar a la víctima, desconocer el derecho que tiene una persona a la defensa propia y dar a los hombres violentos el mensaje de que pueden seguir haciendo uso abusivo de la fuerza, pues habrá impunidad y además habrá castigo para las mujeres que se opongan. Y todo este modelo de actuaciones debe ser cambiado. Ya no podemos tolerar ni la violencia machista, ni la impunidad de los hombres agresores, ni la revictimización de las mujeres por el sistema penal.

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  • 09 Jul 2014

El jueves 10 de julio de 2014 el Senado paraguayo tratará el Proyecto de Ley sobre Trabajo Doméstico, que contempla numerosos cambios en el régimen legal referido a este sector. Las modificaciones al proyecto original, acordadas por un amplio conjunto de organizaciones de la sociedad civil, representantes de entidades gubernamentales y con participación protagónica de las organizaciones de trabajadoras domésticas, equiparan los derechos de este tipo  de trabajo a los que goza cualquier otro trabajo en el Paraguay. Recordemos que hasta ahora, las trabajadoras domésticas no tienen varios de los derechos reconocidos a las demás personas trabajadoras, por ejemplo: no tienen limitada la jornada laboral a ocho horas máximas de trabajo, el piso salarial es del cuarenta por ciento del salario mínimo vigente, no tienen igual régimen de preavisos, ni gozan de igual inclusión ni beneficios ante el sistema de seguridad social, entre muchas discriminaciones más.

De aprobarse el proyecto con estas modificaciones, sería un avance importantísimo para la erradicación de la discriminación, aunque apenas un paso, pues todavía quedarían por delante el largo y a veces enredado proceso parlamentario y, más aún, la aplicación de la ley para que la igualdad sea real y efectiva. Debe recordarse que el Paraguay está obligado –por su Constitución y por numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos– a garantizar la igualdad, a no discriminar y a impedir la discriminación. Nuestra Constitución es tajante: “No se admiten discriminaciones” (artículo 46). No hay situación alguna que justifique un trato diferenciado que reste derechos a personas o sectores, para dar privilegios a otros. Si el Senado paraguayo aprobara una nueva ley discriminatoria, actuaría de manera inconstitucional y contraria a los derechos humanos.

Sin embargo, en este tema se siguen escuchando argumentos que pretenden justificar la disminución de la aspiración igualitaria de las trabajadoras domésticas. En particular, la cuestión que saca ronchas al debate gira en torno a la equiparación salarial. Es necesario desmontar la batería argumental discriminatoria y reforzar la que sustenta la igualdad. Por ello, va el retruque de las razones que suelen ser esgrimidas en este debate:

Si quieren ganar igual que se califiquen: Se dice que quienes realizan trabajo doméstico no tienen la calificación suficiente para ganar el salario mínimo. Que deberían estudiar y especializarse si quieren llegar a eso. Sin embargo:

– El salario mínimo legal está establecido como un piso para la generalidad de las personas trabajadoras, sin que se precise calificación alguna para aspirar a este derecho, simplemente se debe realizar el trabajo para el cual se es contratado. A mayor calificación, en todo caso se debería esperar una mejor retribución, por sobre el mínimo legal. Pretender exigir a las trabajadoras domésticas estudios para aspirar al mínimo es ponerles una traba o requisito superior que no se solicita a las demás personas que trabajan. Y con este argumento se corre el riesgo de rebajar los derechos a los demás trabajadores y trabajadoras. Es una distorsión del concepto del salario mínimo y sería un retroceso de un derecho conseguido tras largas luchas de las y los trabajadores del mundo.

– Realizar las tareas del hogar exige una calificación invisible por haber sido atribuida de manera naturalizada a las mujeres, quienes desde pequeñas son enseñadas a ocuparse de las labores domésticas. El problema es que no se reconoce como trabajo digno lo que siempre se entregó de manera gratuita como parte de los arreglos e intercambios familiares.

– Cuidar de un hogar o cuidar de las personas, en especial cuando son niñas, niños o dependientes por cualquier razón, es una tarea muy delicada, que exige dedicación y confiabilidad. ¿Por qué atender papeles, objetos, dinero o lo que sea debería valer más? Hay una atribución de valores bastante retorcida detrás del concepto de que el trabajo doméstico “no vale lo mismo”.

Tienen beneficios adicionales: Se arguye que las trabajadoras domésticas reciben el beneficio de cama y comida como parte de sus retribuciones. Sin embargo:

– Si percibieran el salario mínimo podrían aspirar a tener un espacio propio y a comer en sus propias casas la comida que quieran, con autonomía y sin dependencia de lo que “les dan” sus patronas y patrones.

– Vivir en la casa de quienes les contratan no debería ser considerado un beneficio adicional para las trabajadoras domésticas; más bien, se trata de un extra pretendido por quienes quieren tener a plena disposición y en horarios extraordinarios a otra persona que les presta un servicio. El salario mínimo ubicará a esta situación en su lugar: tener a una persona trabajando de manera extraordinaria debería ser más costoso, caso contrario estaríamos ante un tipo de trabajo bajo condiciones análogas a la esclavitud.

Se van a quedar sin trabajo: Se dice que los hogares ya no podrán pagar a las trabajadoras domésticas y que por tanto muchas mujeres se quedarán sin trabajo. Sin embargo:

– La equiparación del salario mínimo exigirá un reacomodamiento de la situación, para que ya no sea posible que alguna gente pueda gozar de su propio derecho al trabajo, a la vida familiar y al descanso gracias a la explotación de otra persona. Como el trabajo doméstico es imprescindible (alguien lo realiza, sea del propio hogar o como trabajo remunerado), los hogares que no puedan pagar lo justo podrán realizar contratos por días y horas, y deberán redistribuirse internamente el trabajo doméstico restante. Esto exigirá que las mujeres –en especial– negocien dentro de sus hogares el asunto, de manera tal que no terminen siendo las únicas que cargan con todas estas tareas. Y precisará que los hombres dejen de considerarse seres privilegiados a quienes alguien debe servir en el propio hogar.

– El trabajo doméstico remunerado que deberá dejar de existir es el trabajo explotado y bajo condiciones paupérrimas.

– Un trabajo que pueda aspirar a ser reconocido debida e igualitariamente a través del salario, dejará de ser visto como servidumbre y podrá ser reconocido como lo que es: un trabajo digno.

Aumentará la pobreza: En consonancia con el argumento anterior, mucha gente sostiene que habrá más personas pobres en Paraguay, porque mucha gente se quedará sin trabajo. Sin embargo:

– Existen 219.427 mujeres trabajadoras domésticas, según datos de 2013, que representan un 16% de las mujeres ocupadas del país. Si estas personas trabajaran bajo condiciones dignas e igualitarias, podrían salir de la franja de pobreza, de la que casi sin dudas forman parte a causa de la discriminación.

– En el país existen 1.733.294 hogares. Si cada trabajadora doméstica trabajara en un solo hogar y todos los hogares no tuvieran más que una trabajadora contratada, estamos hablando de no más de 13% de los hogares del país, posiblemente concentrados en la franja de hogares de mejores condiciones económicas. Lo que de seguro disminuirá es la ganancia de tiempo y dinero de quienes disfrutan de mayor riqueza y realizan menos trabajo doméstico, debido a que pagan menos del salario mínimo a quienes trabajan en sus hogares. Es decir, antes que una medida de pobreza, esta debería ser considerada como una medida de redistribución del trabajo y de las ganancias percibidas en virtud de su ejecución.

La igualdad para el trabajo doméstico no es una opción para el Paraguay: es una obligación. Es una cuestión de justicia, es un imperativo de la democracia.

 

expo trabajo doméstico


  • 25 Nov 2013

Esta presentación tiene el propósito de compartir algunas reflexiones sobre la violencia basada en el género, esa antigua enemiga de las mujeres, desde tres perspectivas: su basamento cultural, sus vínculos con lo estructural y su carácter político. Comprender la violencia de género es el primer paso para combatirla e impedir su impunidad.

machismo mata

 

Puede parecer algo obvio, pero a veces se nos pierde en el camino esa profunda ligazón que tiene la violencia hacia las mujeres con el lugar en que se ha colocado a nada menos que la mitad de los seres humanos y con la preservación de un orden genérico al que le cuesta aceptar que haya gente moviéndose en los márgenes o saliéndose de ellos. Descontextualizada, la violencia pasa entonces a ser vista y tratada casi como un atributo autonomizado de algunos hombres en tanto victimarios y de algunas mujeres en tanto víctimas. El carácter altamente cultural de los modos en que se expresa y se sufre la violencia debe ser recuperado para ser contestado debidamente.

 

1. La violencia como fenómeno cultural y manifestación de poder.

La violencia es una expresión exacerbada del poder que una persona o un grupo de personas ejerce o pretende ejercer sobre otra u otras. Cuando alguien ejerce violencia es porque pudo hacerlo. La violencia siempre tiene una intencionalidad: lograr que las personas que reciben el acto violento hagan algo o impedir que lo hagan, hacer que entiendan algo, que reciban una lección destinada a lograr o impedir actuaciones futuras. En muchas ocasiones, es la lección final que recibe la víctima por no haber respondido a la intencionalidad de quien ejerce violencia. Así, la violencia entre los seres humanos debe ser entendida como un mecanismo de control social.

El abordaje de género es indispensable para comprender plenamente la violencia y para actuar frente a ella: no sólo para contabilizar a quienes la sufren y a quienes la perpetran, sino también, y quizás sobre todo, para entender por qué lo hacen y para comprender también los mecanismos de su impunidad. El género, como elemento que estructura las relaciones sociales, influye decididamente en:

– La gama de respuestas conductuales disponibles en un determinado contexto social, entre ellas, las conductas violentas.

– La gama de conductas asociadas a uno u otro sexo, y también las que se desvían de la norma.

– La identificación de situaciones y sucesos que podrían provocar reacciones violentas.

 

Así, es común que se ejerza violencia para:

– Preservar y sostener los mandatos de género prevalecientes en la sociedad.

– Expresar el lugar que cada quien ocupa en las relaciones de poder determinadas por el género.

– Castigar a quienes se desvían de los mandatos de género aceptados socialmente, así como de las asignaciones de género que les estaban previstas.

 

El género es la fina trama donde se teje la mayor parte de la violencia sufrida por las mujeres y desde donde se debe intentar comprender cómo es que los hombres se convierten tan frecuentemente en victimarios, e incluso qué formas de violencia sufren ellos mismos. La asociación de lo masculino con el poder está detrás de la violencia de género y la fundamenta, pues frecuentemente deriva en actos de apropiación de los cuerpos y vidas de las mujeres, en sanción a las mujeres que de alguna manera escapan a ese poder, o en una lucha entre hombres por el dominio social o por la reafirmación de la propia masculinidad. De manera similar, esto se relaciona con la posición atribuida a las mujeres en un sistema basado en relaciones asimétricas de poder. La inferiorización de las mujeres, la falta de autonomía económica, la asignación predominante de roles domésticos, la sexualidad femenina vista como funcional a los deseos masculinos, son las raíces presentes en gran parte de los casos de violencia hacia las mujeres.

 

A qué nos lleva esto:

– El combate contra la impunidad de la violencia nunca puede ser tan sólo un asunto técnico y su éxito depende del desmantelamiento de los pilares que la sostienen. La impunidad de la violencia está en directa relación con su tolerancia social, basada en la transmisión de modelos de género tradicionales que son funcionales a la violencia.

– La erradicación de la violencia debe ser una empresa colectiva que involucre a toda la sociedad, porque las construcciones culturales de género impregnan a todas y a todos, y a todo lo que hacemos.

– Es necesario identificar los nichos de transmisión de la cultura patriarcal para modificar profundamente la magnitud y las características de la violencia de género.

 

2. Los vínculos estructurales de la violencia de género.

No puede entenderse el grave impacto que la violencia hacia las mujeres tiene en nuestras sociedades sin visualizar algunos elementos del escenario que actúan como facilitadores. Por ejemplo:

La pobreza, no desde la perspectiva que ve a las personas pobres como un peligro en sí o como proclives al comportamiento violento (lo que sería una premisa falsa), sino a partir de la comprensión de que la pobreza deriva en una grave pérdida de capacidad para defenderse ante la violencia. La pobreza, en especial para las mujeres, no siempre es falta de recursos, sino también falta de disponibilidad sobre ellos. La posibilidad de pérdida de un hogar y de apoyo económico para mantener a los hijos es una limitante para la autonomía de las mujeres y uno de los factores recurrentes en la espiral de la violencia.

La migración, que si bien puede ser vista como el ejercicio de un derecho que tienen las personas a trasladarse y a construirse un proyecto de vida propio, cuando tiene como trasfondo a la pobreza es un caldo de cultivo para situaciones de violencia: no podemos olvidar que detrás de la mayor parte de los casos de trata hay mujeres que querían trabajar en el país de destino, que eran pobres y que no tenían suficiente información debido sobre todo a que se preparaban para ir de “ilegales”. Esta ilegalidad, presupuesta por parte importante de las mujeres migrantes, facilita el contacto con las redes de tráfico y trata, que están al acecho de este perfil de víctimas.

La falta de autonomía sobre el cuerpo. Mujeres sin derechos sexuales y sin capacidad de decisión reproductiva tendrán mayores dificultades de construir el propio proyecto de vida, y la violencia se instala con toda facilidad ahí donde hay mujeres sin derechos. La maternidad como imposición, que en gran parte de Latinoamérica se traduce en criminalización del aborto, en oposición a la procreación voluntaria, es el más grave ejemplo de violación legalizada a la autonomía de las mujeres. Si una sociedad cree que puede imponer la maternidad a las mujeres, ¿cómo no creería que puede disponer del resto de sus cuerpos a través de la violencia?

 

A qué nos lleva esto:

– La erradicación de la violencia está íntimamente ligada con la capacidad de las mujeres de construir sus proyectos de vida con autonomía.

– Los impedimentos a las decisiones reproductivas, a la maternidad voluntaria, a la posibilidad de estudiar, de trabajar con dignidad, de tener ingresos propios, de trasladarse bajo condiciones seguras, son los eslabones que sostienen la violencia.

 

3. La violencia de género como un asunto político.

El famoso lema de “lo personal es político” ha alentado a que feministas de todo el mundo trabajemos para desvelar a la violencia de género. Hoy más que nunca podemos decir que éste y otros temas, antes vedados al debate colectivo, han ingresado (aunque a veces tímidamente) a la agenda pública. Posiblemente uno de los temas más legitimados socialmente, de entre los que se trabajan desde el feminismo, sea justamente el de la violencia de género.

Sólo como ejemplos, la OEA tiene una Convención específica dirigida a prevenir, sancionar y erradicar la violencia hacia las mujeres, la Convención de Belem do Pará. En la mayor parte de los países de América Latina tenemos leyes sobre violencia doméstica e intrafamiliar, y estamos ahora en una ola expansiva para el estudio de leyes que reconozcan y traten la violencia hacia las mujeres de manera integral. Los organismos internacionales, las agencias de cooperación y numerosos actores no gubernamentales han reconocido el problema  y han elaborado planes de acción. Parece ser que hemos llegado a amplios consensos públicos internacionales, y a también a nivel nacional, con variaciones, sobre el flagelo de la violencia y lo que ésta implica.

 

Sin embargo, persisten numerosas limitaciones en la práctica, por ejemplo:

– La dificultad de una correcta evaluación de la magnitud de los hechos y de su evolución, que permita también visibilizarlos de manera adecuada.

– La falta de aplicación plena de las normas jurídicas existentes.

– La necesidad de revisión de las normas penales que siguen sosteniendo visiones patriarcales y limitadas. Por ejemplo, las relaciones interpersonales deben pasar a ser consideradas como agravantes, la habitualidad debe erradicarse como concepto asociado al castigo de la violencia.

– La carencia de servicios de atención disponibles, accesibles, eficientes y seguros. Las mujeres en peligro aún no acceden a una denuncia efectiva ni reciben suficiente atención para romper el famoso círculo de la violencia.

 

A qué nos lleva esto:

– Es el momento de pasar de las declaraciones a una acción más decidida en torno a las normas y a las políticas implementadas en nuestros países.

– Es necesario plasmar en recursos adecuados todo lo que se ha ganado en el nivel del discurso político.

– Las mujeres tenemos interés político en erradicar la violencia. Es preciso que también estemos en los lugares de decisión política y de decisión económica para que veamos avances que pasen de los papeles a las realidades.

 


Ponencia presentada en el VI Encuentro de Mujeres Líderes Iberoamericanas . Agenda Iberoamericana por la Igualdad. Madrid, 3 – 7 de octubre de 2010.