• 17 May 2015

Mirta Moragas Mereles[i] // Mirta Moragas17-05-2015

Introducción

La Comisión Nacional para el estudio de la Reforma del Sistema Penal (en adelante, la Comisión de Reforma), está estudiando posibles modificaciones al artículo 109 del Código Penal que tipifica el aborto (ley 3440/08). A partir de esto, la Comisión de Reforma ha solicitado una serie de opiniones a instituciones públicas y privadas. Entre estas respuestas, se encuentran la de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) y la de la Universidad del Norte[ii]. Por su parte, el diputado Eber Ovelar ha manifestado que no se puede estudiar legislativamente la despenalización del aborto “por una clara obstaculización constitucional”[iii]. Resulta preocupante que dos universidades y una persona que se supone conocedora del derecho, formulen afirmaciones que no tienen – desde nuestro punto de vista– sustento jurídico.

El objetivo de este documento es aportar elementos para analizar las implicancias jurídicas de la expresión “en general, desde la concepción”, que está plasmada en el artículo 4 de la Constitución. Para ello recurriremos a las fuentes del debate generado durante la Convención Nacional Constituyente, así como al debate social y la interpretación que de la misma formulación se ha hecho dentro del sistema interamericano de protección de derechos humanos.

  1. El debate en la Asamblea Nacional Constituyente

El artículo 4 de la Constitución, establece: “El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Se garantiza su protección, en general, desde la concepción. (…)”.

Recurriendo al diario de sesiones de la Constituyente, se puede ver que al agregar la cláusula “en general”, se adoptó la fórmula de la Convención Americana de Derechos Humanos (o Pacto de San José de Costa Rica), que el Estado paraguayo había ratificado por ley 1/89.

Se observó, en una de las resalvas efectuadas, que este texto está bastante parecido al texto del Pacto de San José de Costa Rica, el cual Paraguay suscribió también. Pero allí se agrega la frase en general. De modo que ese término en general fue omitido aquí, pero en su oportunidad se recordó que podría estar incluido, porque si estamos suscriptos ya a un convenio que establece un principio más general, sería bastante poco práctico que la Constitución, que tiene un rango jerárquico superior, restrinja todavía más la amplitud del principio (intervención del Ciudadano Convencional Gustavo Laterza, Diario de Sesiones de la Comisión Redactora, nº 7, 9 de marzo de 1992).

En el primer punto, coincido plenamente de asimilar en el marco de la Constitución Nacional la fórmula del Artículo 4° del Pacto de San José de Costa Rica, porque es una fórmula inteligente que realmente va a permitir que los extremos, que todos sabemos pueden suceder en la convivencia humana, pueden ser reglamentados sabiamente por la ley, sin perder el principio que muy bien enunció el Prof. Luis Alfonso Resck; creo que es la fórmula más inteligente, por algo han coincidido los mejores juristas, posiblemente de América, en esa fórmula en el Artículo 4° del Pacto de San José.

Porque sería muy peligroso, realmente, asimilar en nuestro marco constitucional la fórmula, disculpe que lo vuelva a mencionar al Prof. Resck, porque evitaría que una sabia legislación pueda tener en cuenta situaciones médicas, clínicas e incluso situaciones del caso penal, que realmente tenemos nosotros que abrir las puertas en un marco constitucional. Creo que es la decisión más sabia y más prudente, ese texto y me adhiero personalmente, o sea, sugeriría al Dr. Celso Castillo que se modifique el primer párrafo del artículo propuesto con la fórmula: en general, desde la concepción.   Porque realmente va a ser la solución más sabia e inteligente. (Intervención del Ciudadano Convencional Bernardino Cano Radil, Diario de Sesiones de la Comisión Redactora, nº 7, 9 de marzo de 1992).

Por otra parte, algunas argumentaciones manifestaban la necesidad de abrir el debate social en torno al tema y considerar, especialmente, situaciones concretas de la realidad.

(…) Creo que todos estamos a favor de la defensa de la vida, porque es el primer derecho fundamental sin el cual no pueden existir ningún otro derecho; eso es claro y categórico. Ahora, tenemos que legislar también de acuerdo, y si en algo hemos padecido en este país la hipocresía, y sobre todo el hacer constituciones semánticas, constituciones que implican no adecuarnos a la realidad, no adecuar la ley a la realidad, sino hacer un disfraz de Constitución, que en este mismo momento tal vez se esté violando; y nosotros felices y contentos redactando lo que nunca va a conseguir su objetivo; evitando mis convicciones personales sobre el derecho a la vida desde el momento de la concepción o no. Mi criterio, desde el punto de vista técnico, es una disposición discriminatoria, principalmente en contra de la mujer; es una disposición discriminatoria porque la única que puede resolver en ese instante y normalmente en situaciones muy diversas es la mujer;(…) Además, hay un estudio serio sobre los abortos clandestinos que involucra a una alta tasa de mortalidad, y además con prohibir y con evitar la posibilidad de una legislación adecuada que sea producto de un moderado debate en el Poder Legislativo a través de la ley, creo que se puede llegar a conciliar las posiciones extremas en los abortistas y los antiabortistas sin excepción alguna. Sabemos que no hay ningún derecho absoluto, y sabemos que la verdad no está en los extremos (…) entonces me adscribo a [la inclusión de la fórmula “en general”], y principalmente por dos razones (sic): 1) Por sincerarnos nosotros mismos en la sociedad paraguaya; 2) Por hacer una legislación conforme con la realidad; 3) y sin que implique orden de importancia alguna, es una ley que perjudica y discrimina injustamente a la mujer. (Intervención del Ciudadano Convencional Eusebio Ramón Ayala, Diario de Sesiones de la Comisión Redactora, sesión nº 7, 9 de marzo de 1992).
(…) Pero hay casos en que no podemos abrogarnos nosotros el derecho de legislar sobre casos de conciencia de las demás personas. Hay cosas que quedan libradas exclusivamente, y debe ser así, a la conciencia individual que ninguna Ley puede imponer una forma de pensar en su fuero interior a los demás humanos.

(…) ¿Podemos nosotros por ley obligar a la conciencia de esa persona que se permita desarrollar en su interior el fruto de una violencia que si no puede superar, que muchas veces pueden hacerlo otras personas pero no la totalidad y nosotros debemos legislar para la totalidad? La va a frustrar para toda la vida, porque va a sentir en su interior el producto de la violencia en la que cual fue sometida, y esa criatura que nace en esas condiciones va a ser un factor negativo desequilibrante de la sociedad. (…) Administremos, señores, la realidad de lo que pasa en nuestro país. ¿Por qué mueren tantas personas? Se dice en la campaña “oime ña fulana memby hyguypa”, un aborto mal practicado con tijeras y otras cosas. Son realidades que pasan. ¿Por qué no creamos centros asistenciales que regulen eso y que se maneje con criterio científico? Esas son realidades que pasan en nuestro pueblo y que debemos saber administrar y no escapar a esa realidad refugiándonos en nuestros sentimientos. (…) Yo soy católico apostólico romano y profeso esa religión porque voy a misa, señores, pero exijo de mi Iglesia Católica que se adecue a los tiempos y que evolucione con los tiempos. No puede ella estancarse y desoír los reclamos de una realidad que pasa. (Ciudadano Convencional Francisco Eduardo Rodríguez. Diario de Sesiones, Sesión plenaria, nº 10, 23 de abril de 1992).

 

 

Nosotros somos Convencionales Constituyentes que, considero, debemos legislar con una absoluta imparcialidad más allá de nuestras creencias o convicciones religiosas, porque lo estamos haciendo es tan igual para aquellos creyentes como para los no creyentes. Y es muy cierto quizás que nuestra civilización y nuestra cultura estén impregnadas profundamente por la civilización cristiana, pero aun así existen muchos paraguayos que a lo mejor no profesan y no concuerdan con esa creencia. Entonces mi primer punto en el sentido de no estar de acuerdo con la supresión de la frase “en general” es desde el momento en que nosotros no podemos en beneficio de los unos legislar en detrimento, en desmedro de los otros. Y así como existan tantos católicos, es muy probable que existan también muchos no católicos a quienes también por igual se les va a aplicar esta Constitución (Ciudadano Convencional Benjamín Maciel Passotti. Diario de Sesiones, Sesión plenaria, nº 10, 23 de abril de 1992).

 

Finalmente, en la sesión plenaria nº 11, del 24 de abril de 1992, se adoptó la redacción actual por 101 votos a favor y 81 votos en contra.

  1. El debate social en torno al artículo 4

La adopción de la expresión “en general”, abrió un gran debate social y mediático sobre sus implicancias. El debate se polarizó y todas las partes manifestaron sus posiciones y sus argumentos. Lo que se señala aquí es que, tanto defensores como opositores de esta formulación, coincidían en que la mencionada expresión justamente abría el debate legislativo sobre la despenalización del aborto, contrariamente a lo que señalan las universidades y el diputado.

La Conferencia Episcopal Paraguay (CEP), junto con otras iglesias y la Universidad Católica de Asunción (UCA), iniciaron una fuerte campaña para solicitar la reconsideración del texto aprobado con el fin de eliminar la expresión “en general”. La UCA llegó a enviar cartas a convencionales que también eran docentes para “sugerirles” que debían renunciar a sus cargos por haber votado por la inclusión de esta expresión.

Este texto, como reconocen sus defensores, abre la posibilidad de la legalización del aborto, por lo menos en algunos casos[iv].

Posteriormente, fue publicada una carta abierta titulada “Carta de los obispos del Paraguay al Pueblo”, que señalaba:

Pensamos, teniendo presente la discusión que se realizó en la Asamblea Nacional Constituyente, que el artículo 4, tal como fuera aprobado, abre la puerta a futuras leyes que podrían atentar contra el fundamental derecho a la vida de toda persona humana[v].

Obviamente, cuando hablan de las leyes, se refieren a la posibilidad de despenalizar el aborto.

Quienes estaban en contra de la redacción adoptada coincidían en que esta expresión abría la posibilidad de un futuro debate legislativo sobre el tema

Cuando se dice que se defenderá la vida “en general”, el término da lugar a que pueda haber excepciones. O sea, que el aborto puede llegar a ser permitido (Dra. Julia Rivarola)[vi].

Pero ahora nos sorprendimos que la Comisión Redactora haya puesto el término “en general”, dando lugar a que pueda haber excepciones. De esta manera, se puede implementar la ley del aborto, la eutanasia. (Dra. Stella Ortiz de Zarza)[vii].

En primer término quedó muy claro que al consagrar la ya famosa frase “en general”, jurídicamente hablando, significa que podrá haber una excepción al derecho a la vida, que desde la concepción deben tener todos los seres humanos. Los que opinan lo contrario son sencilla y llanamente unos incautos e ingenuos, para pensar lo mejor (Arsenio Ocampos)[viii].

La redacción deja un atajo para una eventual positivación jurídica (Nicanor Duarte Frutos, Subsecretario de Culto)[ix].

Consideramos que el mismo posibilita que en el futuro el aborto sea legalizado (Coordinadora de Iglesias Cristianas)[x].

Los constituyentes han dado su aprobación a un artículo que, aunque manifiesta el propósito de consagrar el derecho a la vida, lo hace con una ambigüedad a todas luces deliberada, para permitir en el futuro una legislación favorable al aborto (Conferencia Episcopal del Paraguay)[xi].

En este sentido, queda claro que todas las partes coincidían que la redacción adoptada no es un obstáculo para un debate legislativo sobre la despenalización del aborto, contrariamente a lo que se ha señalado recientemente.

  1. Interpretaciones de la cláusula “en general” en el sistema interamericano de derechos humanos

Tal como se ha señalado precedentemente, la redacción del artículo 4 adopta la misma cláusula que la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH).

Baby boy vs. Estados Unidos (1981)

Uno de los primeros antecedentes de interpretación del derecho a la vida en la CADH ocurrió en el año 1981, en el caso conocido como “Baby boy vs. Estados Unidos”[xii]. En este caso, la organización Catholics for Christian Political Action interpuso una petición ante la CIDH por el procesamiento de un médico que había practicado un aborto a una chica de 17 años. En primera instancia, el médico había sido condenado por homicidio no premeditado y posteriormente absuelto, en grado de apelación.

Los peticionantes afirmaron que hubo una violación del artículo 4, interpretando que el derecho a la vida inicia en el momento de la concepción. La CIDH concluyó que esta interpretación era incorrecta

A la luz de los antecedentes expuestos, queda en claro que la interpretación que adjudican los peticionarios de la definición del derecho a la vida formulada por la Convención Americana es incorrecta. La adición de la frase “en general, desde el momento de la concepción” no significa que quienes formularon la Convención tuviesen la intención de modificar el concepto de derecho a la vida que prevaleció en Bogotá, cuando aprobaron la Declaración Americana. Las implicaciones jurídicas de la cláusula “en general, desde el momento de la concepción” son substancialmente diferentes de las de la cláusula más corta “desde el momento de la concepción”, que aparece repetida muchas veces en el documento de los peticionarios (Resolución nº 23/81, párrafo 30).

Artavia Murillo y otros (Fecundación in vitro) vs. Costa Rica (2012).

Este caso se relaciona con los efectos de la sentencia emitida por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Costa Rica el 15 de marzo de 2000, mediante la cual se prohibió la fecundación in vitro (FIV), por considerarse que se violaba el derecho a la vida, que se consideró un derecho absoluto, dando a los óvulos fecundados el status de persona. Es así que uno de los temas abordados por la Corte IDH ha sido la interpretación del artículo 4.1 de la CADH. Sobre el particular

La Corte ha utilizado los diversos métodos de interpretación, los cuales han  llevado a resultados coincidentes en el sentido de que el embrión no puede ser  entendido como persona para efectos del artículo 4.1 de la Convención  Americana. Asimismo, luego de un análisis de las bases científicas disponibles,  la Corte concluyó que la “concepción” en el sentido del artículo 4.1 tiene  lugar desde el momento en que el embrión se implanta en el útero, razón por la  cual antes de este evento no habría lugar a la aplicación del artículo 4 de la  Convención. Además, es posible concluir de las palabras “en general” que la  protección del derecho a la vida con arreglo a dicha disposición no es  absoluta, sino es gradual e incremental según su desarrollo, debido a que no  constituye un deber absoluto e incondicional, sino que implica entender la  procedencia de excepciones a la regla general[xiii].

En síntesis, el órgano de interpretación de la CADH, sobre el artículo 4, cuyo texto es idéntico al artículo 4 de la CN, ha concluido que la protección del derecho a la vida no es absoluta y permite la introducción de excepciones, como podría ser la despenalización del aborto bajo ciertos supuestos.

Concluyendo

Repasando los antecedentes de debate constitucional, del debate social de la época y de diversas interpretaciones a la expresión “en general”, se puede concluir que se encuentra abierta la posibilidad constitucional para que en Paraguay se debata una legislación menos restrictiva para la interrupción voluntaria del embarazo.

Ante los diversos casos que la realidad presenta y las altas tasas de muerte de mujeres por causas del embarazo, parto y puerperio, el debate sobre la despenalización no sólo es constitucionalmente posible, sino que es necesario. No hacerlo significa seguir exponiendo a la muerte a miles de niñas, adolescentes y mujeres paraguayas.


[i] Abogada. Activista feminista y de derechos humanos. La autora agradece la colaboración del Centro de Documentación y Estudios para la elaboración de este documento. En particular, agradece la colaboración de Ofelia Martínez en la búsqueda de archivos de prensa.

[ii] “Universidades alegan inconstitucionalidad del aborto y la eutanasia”. Diario Última Hora, 5 de abril de 2015 [disponible en línea] http://m.ultimahora.com/universidades-alegan-inconstitucionalidad-aborto-y-eutanasia-n885373.html [consultado el 15 de abril de 2015].

[iii] Diputado Eber Ovelar: “El Ministerio de la Mujer fue la que ya tomó postura por la despenalización del aborto”. Revista Zeta, 4 de abril de 2015 [disponible en línea] http://revistazeta.com.py/articulos/leer/158-diputado-eber-ovelar—el-ministerio-de-la-mujer-fue-la-que-ya-tomo-postura-por-la-despenalizacion-del-aborto.html [consultado el 15 de abril de 2015].

[iv] Carta de la UNA a docentes , firmado por el Pbro. Dr. Juan Oscar Usher, Rector de la UCA, 13 de mayo de 1992.

[v] “Carta de los obispos del Paraguay al Pueblo” Diario Hoy, 27 de mayo de 1992.

[vi] “Aborto es incoherente, según el punto de vista médico”. Diario ABC Color, 22 de marzo de 1992, página 37.

[vii] “Aspiran a defensa de la vida desde la concepción”. Diario ABC Color, 29 de marzo de 1992, página 36.

[viii] “En general el aborto, o el aborto en general”. Diario Hoy, 2 de mayo de 1992. Página 4.

[ix] “La constitución no apuesta por la vida”. Diario Hoy, 2 de mayo de 1992. Página 25.

[x] “Quieren revisión de la norma”. Diario Noticias, Suplemento Especial, 9 de mayo de 1992. Página 4.

[xi] “CEP afirma que hay vía libre al aborto”. Diario Noticias, 10 de mayo de 1992. Página 4.

[xii] Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Resolución nº 23/81, caso nº 2141 [disponible en línea] https://www.cidh.oas.org/annualrep/80.81sp/EstadosUnidos2141.htm [consultado el 10 de mayo de 2015].

[xiii] Corte IDH. Caso Artavia Murillo y otros (“fecundación in vitro”) vs. Costa Rica. Sentencia de 28 de noviembre de 2012 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas). Párrafo 264.


  • 27 Abr 2015

Por Macky Pereira // Cuando aparece el “caso de la niña de 10 años, embarazada de su padrastro”, algunos medios de comunicación lo muestran como un hecho más, sin contextualizarlo; y muchas personas en la redes sociales, simplemente se limitan a reproducir las noticias, ignorarla, o aprovechan la oportunidad para realizar juicios de valor y lanzar ideas desde la comodidad de sus hogares, sin preguntarse más allá de lo que ven o escuchan; como sucede por lo general, con aquellos temas que están vinculados a los derechos humanos de las niñas, niños y mujeres.

¿Cuánto nos falta como sociedad para respetar la vida de las personas (en especial de las niñas y mujeres)?. Suena como una pregunta obvia, que en la práctica sólo se muestra vacía de acciones eficientes por parte del Estado, con la complicidad de una gran parte de la sociedad, que todavía se resiste a debatir sobre la posibilidad de decidir sobre nuestra maternidad libremente.

Hoy en Paraguay, una niña de 10 años, embarazada a raíz de una violación por su propio padrastro, NO puede decidir seguir siendo niña, y no sólo eso, su vida corre peligro. ¿Qué elementos “bestiales” más son necesarios para evitar un embarazo no deseado? ¿Cuál es la vida que se protege finalmente? ¿Qué pasaría si esa niña es tu hija, tu hermana, alguien más cercana a uno/a? ¿Pensarías igual que ahora?.

A los 10 años recuerdo estar rodeada de amor y protección en mi familia, mi prioridad era sólo jugar y disfrutar de mi vida de barrio, con amigos y amigas, ir a la escuela, leer mis primeros libros, bailar y cantar seguido frente al espejo o en el patio, en cualquier momento. Cuando mis hermanitos pasaron por los 10 años, también jugábamos juntos, preparábamos nuestros juguetes propios, sus primeros días de escuela eran los mejores, disfrutaba verlos crecer felices y les inventaba sus cuentos para dormir cada noche. Son sólo algunas cosas que se experimentan a los 10 años. ¿Por qué no realizar el mismo ejercicio personalmente antes de emitir una posición sobre el caso? ¿Qué estuviste haciendo a los 10 años?¿Qué hicieron tus hermanas/os, tus hijas, tus sobrinas/os, etc.?.

Muchas veces manifestamos nuestras posiciones de forma tan simple, sin reflexionar lo suficiente, debido a que los “casos no nos afectan directamente”, sobre todo, porque no dimensionamos que nos podría tocar de cerca alguna vez. Seguimos en un lugar tan cómodo, que nos impide ser conscientes de la realidad que vivimos como país, en el cual, todos los días hay casos como este, silenciados o denunciados, sin respuestas ni justicia real, en especial para personas sin recursos económicos.

Necesitamos de una sociedad que deje de naturalizar la falta evidente de humanidad, en hechos tan alevosos como este. La niña, con 10 años de edad, tiene derecho a poder decidir continuar con su vida de niña; porque lo merece, porque es su derecho, porque pudiste haber sido VOS o cualquier persona cercana. Ninguna está exenta de pasar por lo mismo, y nos urge poder decidir libremente el momento y la forma de ejercer una maternidad libre, con las mejores condiciones, como niñas y mujeres que somos. ¿Es tan difícil comprenderlo?


  • 02 Oct 2009

María López // En realidad no tenía muchas ganas de escribir un artículo sobre aborto, pero dos grupos de mujeres, no muy diferentes me hicieron cambiar de opinión. Y debido a los dos encuentros con estos grupos de mujeres, el título. Quiero que sea este lugar, este país, estas mujeres pero con un sistema judicial que no criminalice el aborto, si no que lo despenalice y lo legalice. Quiero que éstas mujeres y muchas otras sean atendidas con respeto y calidad en los centro asistenciales y si deciden hacerse un aborto, que no sea motivo para llamar ni al cura, ni al policía ni a al fiscal. Ni que ellas sientan ni crean que es un pecado mortal.

Quiero además un sistema de salud que dé información sobre salud sexual y reproductiva, sin que eso implique que tengan que comprarlo fuera del hospital ni que tengan que ir a comprar a la casa de la enfermera.

Quiero que estas mujeres y que las mujeres de sus comunidades y que muchas otras mujeres sigan vivas para seguir luchando por una vida mejor, por una vida digna, por educación, por más salud. Por que no puedo comprender un mundo sin las mujeres que conocí, sin las mujeres que ayudan a otras mujeres. Sería menos comprensible si sus ausencias se deben a abortos mal hechos o por que simplemente decidieron sobre sus vidas.

Quiero que estas mujeres sigan en sus luchas, sigan aportando lo suyo para construir ese camino hacia un país mejor.

La idea de este artículo es plasmar lo que fui escuchando/viviendo durante estos días, compartiendo con mujeres tan diferentes e iguales a mí. También lo que escribiré es lo que siempre compartimos con otras compañeras (y también compañeros) en los distintos espacios en los que estamos.

Lo primero que se me pasa por la cabeza al recordar los encuentros, es que cada mujer por lo menos conoce o vivió una experiencia de aborto. No es que las mujeres desalmadas son las únicas que abortan. En ese caso todas las mujeres somos desalmadas y malditas, y digo esto porque me quedé “shockeada” con cada caso aborto que escuché, similares y distintos a la vez. Luego reaccioné y pensé que no era tan descabellado, que era la realidad. Yo misma conozco historias de muchas mujeres que acudían a cierta persona para solucionar sus problemas. Y al escribir este artículo, caigo del catre y entiendo lo que veía en mi casi-ingenua niñez, y lo reconfirmo en la mirada de mi madre. Confirmo en ella lo que esta sociedad con doble moral oculta, legitima y juzga y es que teníamos una abortera rondando la familia. Ahora entiendo por que esa señora, casi siempre, vivía rodeada de adolescentes y adultas; de mujeres como ella, como yo, como mi mamá y como muchas otras.

A esto habría que agregarle tantos casos públicos, convertidos en impunidad, injusticia y asesinato, cuyo único responsable es el Estado paraguayo, porque esta penalización se convierte en actos de homicidios masivos y va a convertirse en genocidio, si es que las mujeres no tomamos medidas urgentemente. Con esta penalización tienden a desaparecer mujeres que creen en sus cuerpos, en sus vidas, en su libertad. Mujeres que sueñan como nosotras, las burguesas. Y hay algo duro que admitir; mientras nosotras (las burguesas o aburguesadas) discutimos entre nosotras sobre la despenalización del aborto, una mujer pobre se hace un aborto, una mujer muere, una mujer sueña con no perder su libertad tras rejas oxidadas. Una mujer sueña con la vida, con su destino.

Volviendo a la actitud criminal del Estado, debemos recordar que no este no actúa ni reprime, es así porque existe, en complicidad con las iglesias, con las empresas que lucran con la vida de las mujeres, con las mentes misóginas y perversas que sostienen un sistema patriarcal que no termina de irse, porque siempre encuentra nuevas formas de cortar, penalizar y criminalizar la libertad de las mujeres.

Las mujeres pobres, víctimas del sistema binario criminal

En las reuniones en las que participé con mujeres campesinas y pobres, nos separamos un momento de nuestro tema de interés (2). Todas comenzaron a hablar de aquello que se calla, de aquello que no se cuenta y de lo que no debería ocurrir. Todas comenzaron a hablar del aborto y de sus experiencias. Yo atónita, queriendo creer y no, escuchaba y pensaba en los casos más cercanos que conozco.

Escuchaba frases como; “yo no quise que esa mujer abortara por que a mí me pesaría en la conciencia y le aconsejé que no lo haga. Finalmente lo tuvo, pero ella se fue de la casa”, “yo aborté por que era mi derecho y por que no tenía condiciones de mantener a esa criatura”, “una chica de la comunidad llegó desangrada al hospital por que se metió un tallo de perejil ahí”, “un bebe recién nacido fue abandonado en la puerta de tal lugar, lo encontramos muerto aun en su bolsa, según el forense no llevaba ni media hora de nacer. Yo pienso que eso es mucho más criminal que abortar un feto antes de que termine de formarse”, “Yo conozco un caso de una amiga (con mejores condiciones) que tuvo que abortar por que su papá la había amenazado de muerte si es que se embarazaba. Ella sigue viva, continúa con su historia de vida”. Seguía escuchando casos y casos sofocantes y asfixiantes, porque no todos lo casos son de suerte y sobrevivencia. Escuchaba casos de muerte por infecciones, consecuencias del aborto.

También escuché casos de mujeres que se hacen abortos con médicos que en los hospitales públicos las crucifican y en sus consultorios privados les $acan hasta lo que no tienen. Casos de mujeres que piden préstamos en financieras para poder hacerse un aborto seguro en una clínica clandestina.

La pregunta que nos hacemos es ¿Qué ocurre con las mujeres que no pueden sacar ningún préstamo? Y sencillo (no hay que ser ningún tipo de analista para saber lo que ocurre), solo las personas que se encierran en su falsa moralina son las que no quieren ver, esas mujeres mueren. Y mueren porque el Estado sigue negando la realidad y sigue penalizando el aborto y porque no garantiza el derecho a la salud de las mujeres. La realidad nos dice que las mujeres se hacen abortos y prefieren morir infectadas y desangradas, antes de ir a un hospital, por que saben que nadie las atenderá y que terminaran presas. Eso sabemos todas, pero en un guaraní puro nos decía una señora de San Pedro “Koa ho situaciónko ndaideprovechoi la kuña kuérape. La kuña ko oabortá ha oabortatagueteri, pero omanota hikuei porque jaikuaaporã hina ke ohorõ la hospitalpe oñenãtendevaitaha hese, ha hi’ari umi enfermerakuéra ohenóita fiscalpe. Upévare ndohói hikuei la huguipajepeva’ero hina” (3)

Silencio.

Que más claro. Y esta situación pasan miles de mujeres al año, y por esta experiencia aterradora solo pasan las que no tienen poder adquisitivo. Las que no tienen recursos para viajar ni las que tienen forma de solicitar un préstamo. Las que no pueden acceder al derecho del aborto seguro y “bien hecho”. A las que pueden pagarse un viaje o una clínica, nadie las ve y nadie las escucha. En primer lugar, porque no se desangran ni se meten tallo de perejil ni tacuara en la vagina, entonces, los medio de prensa no tienen qué “denunciar” ni con qué crear morbo en sus titulares.

La obligatoriedad de la reproducción

“Las mujeres tenemos la pesada carga de reproducir y en nuestras manos está la continuidad del mundo. Nosotras somos responsables del futuro del mundo”. Estas serían las palabras de una mujer que quisiera convencernos de que abortar es un pecado mortal y sobre todo convencernos de que la reproducción es obligatoria y la única misión de las mujeres en el mundo.

Y así, juega con la supuesta carga que tenemos las mujeres. Queriendo hacernos sentir culpables por el mundo que llegará a su fin. Este es otro argumento, falso fundamento del patriarcado, para someter a las mujeres y evitar que decidamos sobre nuestros cuerpos, poniendo a toda la sociedad como contralora y vigilante de las mujeres y su papel de reproductoras, dulces reproductoras. Lamentablemente, para el patriarcado y para esta sociedad vigilante e inquisidora, las mujeres tenemos derechos a decidir sobre nosotras, nuestros cuerpos y nuestras vidas, como mejor nos parezca. Lastimosamente algunas mujeres son más afortunadas, a la hora de decidir sobre sus cuerpos, que otras.


La falsa moral católica

En los centros públicos de salud, cada vez que una va, lo primero que ve es la imagen de algún santo, santa o virgen, con flores, velas y toda la parafernalia que hace a la creencia popular católica. Cuando se entra a los consultorios, no en todos, se visualiza una miniatura de lo visto fuera. Cuando el motivo de la visita de la paciente se trata de salud sexual, la cara de la persona allí cambia. Una de las señoras contaba que una amiga fue a solicitar anticonceptivo inyectable, la enfermera allí le dijo que no tenían, cuando fue saliendo, la enfermera le dice “shhiss, andate más tarde a mi casa ahí yo tengo”. La mujer fue después a la casa de la enfermera y ésta le cobra 15 mil guaraníes. En este caso no podremos saber por que la enfermera se negó a atenderla en el hospital. Las hipótesis pueden variar. Que sea verdad que en el hospital no había más, que ella vendía en su casa insumos del Estado, o que su “religión no lo permita”, en este caso no tenemos el motivo, pero otras y muchas veces, según las mismas mujeres y según lo que se escucha, aquellas personas (médicos. médicas y afines) que más se oponen al goce de los derechos sexuales de las mujeres son las mismas que habilitan clínicas clandestinas dirigidas al aborto y quienes encuentran un buen negocio en la desesperanza, en la urgencia.

También habría que mencionar que muchas – y en su mayoría – de las mujeres que abortan son mujeres católicas, que creen en la vida, en su vida, en su historia. Como muchas de estas mujeres que me (nos) contaron sus experiencias frente al aborto y que creen que la penalización no es la mejor solución a un problema social que se cobra cada año muchas vidas de mujeres. Mujeres con futuro, mujeres con historia.

Por eso, sigo diciendo que quiero que este lugar siga siendo el mismo, con las mismas mujeres que luchan, que construyen, pero con un sistema de justicia que mire la realidad de las mujeres y con un sistema de salud laico, que garantice el derecho de las mujeres a la salud sexual, a la salud reproductiva y con médicos y médicas que prioricen la vida de las mujeres y priorice su existencia, ante una moral que no es real y que mata.

Este artículo no tiene fuentes teóricas ni estadísticas. Utilizo la misma fuente que avalan las teorías y dan los números a las estadísticas, utilizo las voces de la experiencia, de la lucha, de la valentía; utilizo las voces de casi 50 mujeres y los apuntes rápidamente tomados mientras conversaba con ellas. Pueden refutarme todo lo que quieran, pero esas voces grabadas en mi cabeza no la borraran con ninguna rigurosidad académica ni científica, porque escuché la verdad y la realidad de boca de las protagonistas del día a día. Y estoy segura que, si preguntamos a otras mujeres sobre aborto, más de una contestara que si conoce, pero para que eso ocurra, hay que saber escuchar y hay que quitarse la careta moral.

 


 

1) Letra de la canción “Imposible” de banda argentina Callejeros. Disco Presión 2003
2) Bueno, no es que nos fuimos al extremo de los temas que nos convocaba. Simplemente nos salimos del programa. Yo quería escuchar y ellas me querían contar sus historias. Casi todas las mujeres eran campesinas activistas de distintas organizaciones y venidas de distintos lugares del país. Uno de los encuentros fue en la Ciudad de Santaní y la otra acá en Asunción.
3) La traducción literal, sería más o menos así. Esta situación no es provechosa (no beneficia) a las mujeres. Las mujeres abortan y van a seguir abortando, pero van a morir (o prefieren morir) por que sabemos bien que si van al Hospital, no las atenderán bien, las maltrataran y además las enfermeras llamaran al fiscal. Por eso (o por esto) no van, aunque se estén desangrando.

 


  • 28 Sep 2009

Cynthia Fernández // El presente artículo trata de colocar el tema del aborto desde la corriente marxista revolucionaria. Esta no es una tarea fácil debido a las limitaciones para el acceso a bibliografía relacionada, y también plantea la necesidad de una investigación más profunda sobre el tema. En interés de la razón del artículo, que es rescatar las posiciones de l*s principales teóric*s y luchador*s marxistas revolucionari*s, se ha tratado de recoger, en lo posible, las palabras de l*s propi*s autor*s.

Si bien los aportes de Marx y, en especial, de Engels, son la base sobre la cual se ha desarrollado toda una corriente de abordaje teórico, político y práctico de la lucha contra la opresión de la mujer, encontramos, al analizar los textos clásicos y aportes de grandes revolucionari*s de izquierda, pocas referencias explícitas sobre el aborto.

Sin embargo, ya en Marx hay un reconocimiento de una situación de extrema injusticia para la mujer: “Según Marx, …‘toda la situación de la mujer en la sociedad moderna, la deshumaniza’. …‘El adulterio, la seducción, dan honor a los seductores y son de buen tono… Pero, ¡pobre mujer!… Si ella tiene honor, tiene que hacer desaparecer las huellas de la deshonra; y si sacrifica su hijo a los prejuicios, se deshonra aún más y cae bajo los prejuicios de lo civilizado…” (2)

Según Pedro Susz, Marx y Engels ‘no profundizaron demasiado en el papel del sexo y del matrimonio para las batallas que preanunciaban…Tampoco los grandes teóricos bolcheviques profundizaron demasiado en el problema de la familia y el sexo, aunque al enfrentarse a las tareas emergentes de la edificación de la naciente sociedad, dieron lugar a múltiples ideas e intentos prácticos.’ (3)

Podemos agregar, luego de un vistazo a algunos textos y referencias disponibles, que estas afirmaciones son igualmente válidas cuando hablamos del aborto.

El aborto y su abordaje desde grandes referentes teóricos del marxismo

En la izquierda revolucionaria encontramos a referentes de la lucha por la emancipación de la mujer como Clara Zetkin, Rosa Luxemburgo, Alejandra Kollontai, Iness Armand y otras, quienes en su lucha por los derechos de las mujeres, aún dentro del partido, contaron con el apoyo de otros revolucionarios como Lenin y Trotsky (4), sin embargo no tod*s abordaron de manera directa el tema del aborto.

La lucha de Clara Zetkin en pro de los derechos y contra la opresión de la mujer es incontestable “trató el problema femenino como un proceso histórico-social desde la perspectiva de clase, nos legó la necesidad de incluir a la mujer en la lucha revolucionaria, su práctica marcó en la historia una línea de separación entre el enfoque burgués y el enfoque revolucionario del feminismo, e hizo un quiebre en el dogmatismo de algunos sectores del movimiento obrero – aun hoy no superada totalmente- aclarando porqué la emancipación de la mujer no puede postergarse al Socialismo…” (5), en su discurso pronunciado en 1889, en el Congreso de la II Internacional afirmó “desde el momento en que las mujeres luchan codo a codo con los obreros socialistas, están dispuestas a compartir todos los esfuerzos y sacrificios de las luchas, pero también están firmemente decididas a reivindicar, con toda razón, todos los derechos de los que son merecedoras”(6).

Clara Zetkin afirma que V.I. Lenin “Asignaba gran importancia al movimiento femenino, considerándolo como parte constitutiva, y en ciertas condiciones, como parte decisiva del movimiento de masas. Por descontado, que consideraba la igualdad plena de la mujer, como principio incontestable del comunismo.” (7), sin embargo es difícil encontrar referencias directas, tanto de Clara como de Lenin, acerca del aborto.

Algunas revolucionarias marxistas han sido más prolíficas en aportes teóricos, como Rosa Luxemburgo y Alejandra Kollontai. De éstas, la que ha abordado con mayor profundidad los problemas de la vida privada, la sexualidad, el amor, etc… es Alejandra Kollontai, recordada como una de las grandes luchadoras del movimiento feminista. Ella, “defendió el amor libre, igual salario para las mujeres, la legalización del aborto y la socialización del trabajo doméstico y del cuidado de los niños, y sobre todo la necesidad de cambiar la vida íntima y sexual de las mujeres. Ella creía que debía surgir ‘la mujer nueva’, independiente económicamente, pero también sicológica y sentimentalmente. …En su teoría no tiene sentido hablar de un aplazamiento de la liberación de la mujer, en todo caso, habría que hablar de un aplazamiento de la revolución” (8), y plantea que “la revolución que la mujer necesita incluye la socialización del trabajo doméstico y una nueva concepción de la maternidad. Las mujeres deben ser descargadas de los trabajos domésticos y hasta donde sea posible de la tarea social de la reproducción de la especie. Sólo así podrán, sin poner en peligro su salud, cumplir con su trabajo productivo de una forma satisfactoria y aspirar a promocionarse y ocupar trabajos cada vez más cualificados. Aquí resulta obligado señalar que Kollontay también habla del deber social de la maternidad, con lo que no queda muy claro hasta dónde puede colisionar este deber con el derecho de la mujer a disponer de su propio cuerpo.”(9)

A pesar de que no contamos con elementos suficientes para aproximarnos mejor a las discusiones, argumentaciones, polémicas y limitaciones que habrá tenido el abordaje de la temática del aborto entre l*s principales referentes del marxismo revolucionario, la realidad histórica puede darnos indicios bastante claros en relación con la comprensión de su relación intrínseca con la emancipación de la mujer y con el avance hacia la construcción de una sociedad nueva.
En cuanto a los intentos prácticos

Los avances de la Revolución de Octubre

La Revolución Rusa, de Octubre de 1917, otorgó a las mujeres la igualdad de derechos y tendió las bases para romper con la estructura familiar como ‘pequeña empresa cerrada’ (10), a través de una amplia gama de servicios sociales. En 1920, durante el gobierno de Lenin, la Unión Soviética legalizó todos los abortos, pero esta política fue revertida en 1936 por Stalin (11).

“Pocos meses antes de octubre de 1917 Alejandra Kollontai fue elegida miembro del Comité Central del Partido y votó a favor de la insurrección y de la toma del Palacio de Invierno para construir así un Estado obrero. Al desatarse los sucesos que desembocaron en la Revolución de Octubre Alexandra Kollontai regresó a Rusia, donde fue elegida miembro del Comité Ejecutivo del Soviet de Petrogrado. …Tras la toma del poder…fue elegida Comisaria del Pueblo para la Asistencia Pública. Fue una de las que más trabajaron para conseguir los derechos y libertades de las mujeres, modificando aspectos de las leyes que hacían a la mujer una subordinada del hombre, le negaban derecho al voto y la hacían ganar menos salario y trabajar en peores condiciones que los hombres. La Revolución consiguió poner las bases para la igualdad real entre hombres y mujeres, liberalizando las relaciones familiares y sexuales. Se aprobó el divorcio y el derecho al aborto, y se otorgaba a las mujeres beneficios sociales en forma de salarios de maternidad, guarderías y hogares para los niños. Así mismo se desarrollaron campañas de información para dar a conocer a las mujeres sus nuevos derechos.” (12)

“El nuevo Estado obrero concedió amplios derechos jurídicos y políticos como el derecho al divorcio, al aborto, la eliminación de la potestad marital, la igualdad entre el matrimonio legal y el concubinato, etc.” (13)

En este proceso Alejandra contó con el apoyo de los principales dirigentes del partido y la revolución, V.I.Lenin y L. Trotsky. “La revolución de Octubre cumplió honradamente su palabra en lo que respecta a la mujer. El nuevo régimen no se contentó con darle los mismos derechos jurídicos y políticos que al hombre, sino que hizo – lo que es mucho más – todo lo que podía, y en todo caso, infinitamente más que cualquier otro régimen, para darle realmente el acceso a todos los dominios culturales y económicos”. (14)

El Stalinismo y la reacción patriarcal
Con el ascenso de la burocracia Stalinista las medidas para el mejoramiento de las condiciones de vida y trabajo se vieron afectadas, y también en la cuestión de la mujer se evidenció la ruptura con los ideales revolucionarios: “las diferencias sociales aumentaron y, lo que es peor, se instauraron turnos de trabajo, castigos y disciplinas laborales, etc., que agrandaron las diferencias entre las masas trabajadoras y la burocracia, que acaparaba cada vez más privilegios. …en ese año de 1924 empezó la contraofensiva patriarcal, el ataque del machismo y de la familia autoritaria y tradicional para recuperar su viejo poder milenario, restringiéndose derechos básicos conquistados sobre el divorcio, el aborto, la libertad sexual, la libertad de educación, etc.(15)

“A partir de 1926, bajo el régimen de Stalin, se instituyó nuevamente el matrimonio civil como única unión legal. Más tarde se abolió el derecho al aborto, junto con la supresión de la sección femenina del Comité Central y sus equivalentes en los diversos niveles de organización partidaria. En 1934 se prohibió la homosexualidad, y la prostitución se convirtió en delito. No respetar a la familia se convirtió en una conducta ‘burguesa’ o ‘izquierdista’ a los ojos de la burocracia. Los hijos ilegítimos volvieron a esta condición, que había sido abolida en 1917, y el divorcio se convirtió en un trámite costoso y pleno de dificultades.” (16)

El aborto y la homosexualidad fueron penalizados nuevamente en 1936, y, en general, la ‘moral tradicional’ volvió a imponerse en las relaciones.

Ante estos retrocesos, L. Trotsky refiere: “el poder revolucionario ha dado a la mujer el derecho al aborto, uno de sus derechos cívicos, políticos y culturales esenciales mientras duren la miseria y la opresión familiar, digan lo que digan los eunucos de uno u otro sexo. Pero este triste derecho es transformado por la desigualdad social en un privilegio.”. Y continúa “Después de haber demostrado su incapacidad para proporcionar los socorros médicos necesarios y las instalaciones higiénicas a las mujeres obligadas a recurrir al aborto, el Estado cambia bruscamente y se lanza a la vía de las prohibiciones. Y, como en otros casos, la burocracia, de la necesidad hace virtud. Uno de los miembros de la Corte Suprema soviética, Soltz, especializado en los temas del matrimonio, justifica la próxima prohibición del aborto diciendo que, como la sociedad socialista carece de desocupación, etc., etc., la mujer no puede tener el derecho a rechazar las ‘alegrías de la maternidad’. Filosofía de cura que dispone, además, del puño del gendarme. Acabamos de leer en el órgano central del partido que el nacimiento de un hijo es, para muchas mujeres – y sería más justo decir que para la mayor parte- ‘una amenaza’. Acabamos de oír que una alta autoridad atestigua que ‘la liquidación de la infancia abandonada y descuidada se realiza débilmente’. Lo que significa, ciertamente, un aumento de la infancia abandonada; y ahora un alto magistrado nos anuncia que en el país donde ‘es dulce vivir’, los abortos deben ser castigados con prisión, exactamente como en los países capitalistas en los que es triste vivir. Se adivina de antemano que en la U.R.S.S., como en occidente, serán sobretodo las obreras, las campesinas, las criadas que no pueden ocultar su pecado, las que caerán en manos de los carceleros. ‘Tenemos necesidad de hombres’ añade Soltz cerrando los ojos ante los niños abandonados. Si la burocracia no hubiera puesto en sus labios el sello del silencio, millones de trabajadoras podrían responderle: ‘Haced vosotros mismos a vuestros hijos’. Evidentemente estos señores han olvidado que el socialismo debería eliminar las causas que empujan a la mujer al aborto, en vez de hacer intervenir indignamente al policía en la vida íntima de la mujer para imponerle ‘las alegrías de la maternidad’ ”(17).

Esta indignación manifiesta ante estos retrocesos, calificados como traición a los principios de la revolución, nos da la pauta de un posicionamiento firme e inequívoco con relación al aborto y otras cuestiones que hacen a la liberación de la mujer: “El alfabeto del comunismo es considerado como una exageración de izquierda. Los prejuicios duros y estúpidos de las clases medias incultas, renacen entre nosotros con el nombre de moral nueva. ….Y como si se tratara de unir la burla a traición, los mismos argumentos que antes sirvieron para defender la libertad incondicional del divorcio y del aborto – ‘la emancipación de la mujer’, ‘la defensa de los derechos de la personalidad’, ‘la protección de la maternidad’ – se repiten actualmente para limitar o prohibir uno y otro.”

Ante estas afirmaciones podemos deducir que, en la lucha que dieron Alejandra Kollontai y sus aliad*s para lograr las conquistas que fueron alcanzadas durante los primeros años de la revolución, se defendió la libertad incondicional del divorcio y del aborto, e incluso la ‘protección de la maternidad’ fue un argumento para esta defensa.

El camino que la izquierda debe retomar

Los elementos señalados antes nos permiten medir la magnitud del retroceso que la política stalinista significó para la izquierda en su conjunto, incluso la izquierda revolucionaria. Hoy, son muy pocos los grupos o partidos, que se reivindican de izquierda y revolucionarios, que defienden abiertamente este planteamiento y realizan una lucha consecuente, dentro y fuera de sus organizaciones.

La izquierda, en general, perdió la noción de la liberación de la mujer como principio para la revolución, lo que le llevó a perder también la sana indignación ante su opresión, y a dejarse seducir por la moral pequeño burguesa relacionada con la maternidad y la familia, para, finalmente, justificar, y hasta defender, las estructuras patriarcales en las relaciones sociales y económicas.

Alejandra Kollontai planteaba que el abandono o la postergación de la lucha por la liberación de la mujer implican el abandono o la postergación de la revolución, y la lucha por la independencia económica, psicológica y emocional de la mujer está ineludiblemente ligada a la lucha por su derecho al aborto y a la autonomía sexual.

Este es el camino que debe retomar la izquierda que pretende ser revolucionaria, sólo este camino nos llevará al surgimiento de la nueva mujer, la nueva familia y la nueva sociedad, en la que, tal como señaló L. Trotsky, “La verdadera familia socialista, liberada por la sociedad de las pesadas y humillantes cargas cotidianas, no tendrá necesidad de ninguna reglamentación, y la simple idea de las leyes sobre el divorcio y el aborto no le parecerá mejor que el recuerdo de las zonas de tolerancia o de los sacrificios humanos.” (18).


 

1) Fundadora y militante del Partido de los Trabajadores de Paraguay, actualmente miembra de la Comisión de Mujeres del PT Paraguay y de la Comisión de Mujeres de la Liga Internacional de Trabajadores LIT-CI.

2)Jorge Riazanov, Clara Zetkin et al, El amor y el matrimonio en la sociedad burguesa, Editorial Convergencia, Bs As, 1975.

3) Prólogo de Pedro Susz para Jorge Riazanov, Clara Zetkin et al, op cit.

4) Clara Zetkin y el apogeo del feminismo socialista y comunista. febrero de 2009. Publicado por Género y Clase.

5) Pan y Rosas Fecha: 6 – Julio – 2009. Rebeca E. Madriz Franc. Rebelion. Selección y extractos del Libro: “La Mujer en el Socialismo”. Allendorf, Marlis (1977).

6) Idem.

7) ‘Conversaciones con Lenin acerca de la mujer’. Clara Zetkin.

8 ) Obras en red de Alejandra Kollontai. Publicado por Género y Clase. http://www.nodo50.org/contrapublicidad/index.php?option=com_content&task=view&id=85&Itemid=93&limit=1&limitstart=1

9) ‘Un análisis del rol destacado de las mujeres socialistas en la lucha contra la opresión y de las mujeres obreras en el inicio de la Revolución Rusa’, Andrea D’Atri,La fogata Digital, 20 de ocutbe 2003.
http://www.lafogata.org/mujer/m_rol.htm

10) Prólogo de Pedro Susz para Jorge Riazanov, Clara Zetkin et al op cit.

11)Tratamiento Jurídico del Aborto, Wikipedia, http://es.wikipedia.org/wiki/Tratamiento_jur%C3%ADdico_del_aborto#Evoluci.C3.B3n_hist.C3.B3rica

12) Aleksandra Kolontái, Wikipedia http://es.wikipedia.org/wiki/Aleksandra_Kolont%C3%A1i

13) Que la verdad salve a Lenin. Ariel Dacal Díaz. Rebelión. www.lafogata.org/biblio/bib_verdad.htm

14) Thermidor en el hogar. La revolución traicionada. León Trotsky 1937.

15) El papel de la personalidad de Lenin en la revolución bolchevique. Iñaki Gil de San Vicente, Rebelión, http://www.rebelion.org/noticia.php?id=61809

16) Un análisis del rol destacado de las mujeres socialistas en la lucha contra la opresión y de las mujeres obreras en el inicio de la Revolución Rusa. Andrea D´Atri.

17) León Trotsky op cit.

18) Idem.


  • 28 Sep 2009

Abog. Mirta Moragas Mereles // A partir de la modificación del Código Penal (CP), realizada en virtud de la ley 3440/08, que entró en vigencia en julio del 2009, el aborto continúa penalizado, pero se han introducido cambios que plantean interesantes reflexiones. Lo que trataremos aquí es de explicar en términos sencillos cómo se configura el nuevo tipo penal de aborto y realizaremos una breve reflexión sobre la función real de la penalización del aborto en la sociedad.

Nuevo artículo 109 del Código Penal

La nueva redacción del tipo penal de aborto que se encuentra en el artículo 109 deroga los artículos 349 al 353 del código penal de 1914.

Vale recordar aquí que en la reforma penal llevada a cabo en el año 1997 el único tipo penal que no fue modificado fue el de aborto.

La nueva redacción introduce el término “feto”, que no aparecía en la redacción anterior, es más clara en cuanto a la redacción para identificar el tipo base (1), agravantes y atenuantes y elimina la alusión al “interés de salvar el honor” como causal de atenuación de la pena.

Esta causal había sido muy cuestionada por organizaciones feministas y ciertamente constituye un avance su eliminación de la actual redacción.

La definición de Feto

El artículo 14 numeral 18 del CP define al feto como: “embrión del ser humano hasta el momento del parto”.

Si recurrimos al Diccionario Enciclopédico Espasa nos dice que el feto es “Embrión de los animales vivíparos, desde que toman la forma de la especie a la que pertenecen hasta el momento de nacer. En la especie humana se habla de feto a partir del tercer mes de la gestación”.

Por otra parte, el diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio define al feto como “producto de la concepción, después del tercer mes de embarazo y antes del parto”.

Luego, si buscamos embrión encontramos: “Ser vivo en las primeras etapas de su desarrollo, desde la fecundación hasta que el organismo adquiere las características morfológicas de la especie” y “En la especie humana, producto de la concepción hasta fines del tercer mes del embarazo” (Real Academia Española).

Así, vemos que no hay congruencia entre la definición legal y otras definiciones, pues luego del tercer mes ya no sería embrión y sólo desde allí empezaría a ser feto.

Esta definición, además de ser muy forzada y poco científica, fue adoptada justamente para evitar que hubiera duda en que en todo momento de gestación el producto debe ser considerado como feto.

Pero esta definición puede traer problemas y hasta ser peligrosa. Al ser considerado el embrión como feto y siendo aborto el acto de “matar a un feto”, y llevado este razonamiento al extremo sería aborto el hecho de desechar óvulos fecundados in vitro cuando no sean utilizados. Este razonamiento que puede parecer absurdo, podría abrir la puerta para reacciones fundamentalistas que intenten prohibir las pastillas anticonceptivas de emergencia y otros métodos anticonceptivos.

Tipo base del delito (2) de Aborto

El tipo base define que la conducta punible es “matar a un feto” que está castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años y que la tentativa en este caso también es punible (3).

El aborto es un delito doloso, es decir, debe “saber y querer” que con su acción podrá causar la muerte del feto, conforme lo dispone el artículo 17 inc. 1° del CP(4). Es decir, el CP castiga solamente el aborto doloso.
Tipo Agravado

La pena puede ser aumentada hasta ocho años en los siguientes casos:

a) Obrar sin consentimiento de la embarazada: Esto exige que la mujer desconozca o no consienta la interrupción del embarazo.

b) Acción agravada por resultados adicionales: “…cuando el autor…Con su intervención causara el peligro serio de que la embarazada muera o sufra una lesión grave”. Este agravante se configura por el solo hecho de colocar a la embaraza, haya o no consentido el aborto, en una situación de peligro de muerte o de sufrir alguna lesión grave, es decir, en virtud del artículo 17 inc. 2° CP (5), este elemento agrava el tipo base independientemente de si el autor o el partícipe actuó con dolo o culpa (independientemente si quiso –dolo- o no –culpa- causar la muerte o producir una lesión grave a la mujer).

De esta manera, el tipo agravado podría ser aplicado principalmente al personal médico que practica el aborto, que en muchas ocasiones lo realizan en condiciones riesgosas para la vida y la salud de las mujeres.

Tipo atenuado sólo para la mujer

La pena privativa para la mujer (ya sea actuando sola o facilitando la intervención de un tercero) es de hasta dos años y no se castiga la tentativa, si el hecho no se consuma (no se produce la muerte del feto), la mujer queda impune.
Además el artículo establece un criterio muy interesante para la medición de la pena a la mujer al establecer que “en la medición de la pena se considerará, especialmente, si el hecho haya sido motivado por la falta del apoyo garantizado al niño en la Constitución”. Esto significa que debe tenerse en cuenta, por ejemplo, si la mujer era pobre, si no tenía medios adecuados para llevar adelante un embarazo, si estaba sola, si no tenía apoyo, si tenía más hijos/as de las/os que podía mantener y otros factores.

Causa de justificación

Por último, el inciso 4° establece como causal de justificación el “producir indirectamente la muerte de un feto, si esto, según los conocimientos y las experiencias del arte médico, fuera necesario para proteger de un peligro serio la vida de la madre”. Esta causa de justificación reemplaza al anterior artículo 109 que establecía: “no obra antijurídicamente el que causara indirectamente la muerte del feto mediante actos propios del parto si ello, según los conocimientos y las experiencias del arte médico, fuera necesario e inevitable para desviar un peligro serio para la vida o la salud de la madre”

Lo que se justifica es producir indirectamente la muerte del feto, es decir, cuando la muerte del feto es una consecuencia no buscada pero inevitable de un tratamiento médico que protegiera de un peligro serio la vida de la mujer. Por ejemplo, si para salvar la vida de una mujer se necesitara algún tratamiento médico y este tratamiento médico produjera inevitablemente la muerte del feto, esto no sería punible.

La anterior causa de justificación exigía que la muerte indirecta fuera “mediante actos propios del parto” y se debía probar que era “necesario e inevitable” para desviar el peligro serio para la vida o la salud de la mujer, standard más difícil de probar que el requisito de (solo) “necesario” que exige el nuevo tipo.

Lastimosamente existen casi nulos casos en que se alegue esta causal y en experiencias de otros países para ampararse en estas causales de justificación muchas veces los médicos exigen una autorización judicial que en realidad no es requisito, ya que la causa de justificación tiene validez per se, si la causa no exige la autorización judicial.

Funciones de la penalización del aborto

Finalmente, y siguiendo a Robert Merton (6), quien distinguía en las normas funciones manifiestas, que son aquellas que la norma declara qué protege y funciones latentes, aquellas que verdaderamente alcanza, vemos que la penalización del aborto declara que protegerá el bien jurídico vida. Pero en la práctica protege intereses de sectores fundamentalistas, conservadores, y no la vida (como manifiesta), ya que la penalización en muchos casos se traduce en muerte de mujeres por realizarse en condiciones inseguras, al tiempo que cumple un papel importante de control del cuerpo, sexualidad y reproducción de las mujeres.

Entonces no podemos evitar (volver) a preguntarnos ¿por qué el aborto sigue penalizado?

 


 

1) El tipo base es el tipo legal que describe el modelo de conducta sin considerar posibles modificaciones por agravantes o atenuantes, según lo define el artículo 14, inciso 1° numeral 3 del Código Penal (CP)
2) El hecho punible de aborto es un delito dado que el marco penal de su tipo base no excede los cinco años de pena privativa de libertad, según lo dispone el artículo 3 inciso 2° del CP. Cuando el marco penal excede los cinco años el hecho punible se denomina crimen. Esta clasificación es importante porque tiene efectos prácticos.
3) La tentativa en los delitos sólo es punible cuando la ley lo establezca expresamente, como es este caso.
4) “Cuando la ley no sancionara expresamente la conducta culposa, será punible sólo la conducta dolosa” (Art. 17 inc. 1° CP)
5) “Cuando la ley prevé una pena mayor para los hechos punibles con resultados adicionales, ella se aplicará al autor o partícipe cuando su conducta haya sido dolosa o culposa”. (Art. 17 inc. 2° CP)
6) Sociólogo estadounidense y uno de los referentes importantes de la escuela estructural-funcionalista.

 


  • 28 Sep 2009

Leonor Silvestri // Anarquista y activista de género, poeta. www.leomiau76.blogspot.com

A Alejandra y Mariana, dos médicas
A María del Carmen Brión, que dedica la vida al bien nacer
y al decidir sobre nuestro propio cuerpo.
A todas las que abortamos, cada una tendrá sus razones.

No quiero hundirme, no quiero ser encontrada,
las muertas del siglo XXI, este no es mi destino.

Banda de rock de mujeres L7

Aquí y Ahora en Argentina

Un forro que se pincha; unas pastillas que no funcionan; un DIU mal colocado o retirado sin criterio; un desconocido te viola o tu padre, tu hermano, tu padrastro, tío o vecino te abusa; algún tipo de relación sexual no consentida; una noche de exceso y descontrol; o simplemente un error.

Interrumpir un embarazo, detenerlo, decir “basta”, no quiero esto. Tomar la decisión. Estar sola, sola, sola. Nadie a quien recurrir, nadie a quien contárselo. Nadie. A veces ni tus amigas lo entienden, a veces no. Sentir el pecado en la carne, la culpa que hay que pagar con el propio cuerpo y con el cuerpo de otro u otra que hay que indefectiblemente traer a este mundo, para que también padezca el abandono. La culpa por el placer, la culpa por ser, la culpa por existir. La culpa. Todo el mundo quiere que pagues por lo que has hecho. ¿Y qué hiciste? En el mejor de los casos Coger, procurarte placer. Quizás ni siquiera, tan solo dejarte hacer, por la sociedad, por el mundo, por un chabón.

Y luego esa palabra … una palabra que suena feo, ABORTO, aunque desde el antiguo Egipto hace más de 5000 años atrás las mujeres han estado decidiendo sobre su propio cuerpo en esta instancia donde un proceso biológico se interrumpe, aunque las mujeres Espartanas tiraban a sus hijxs defectuosos vivos a volar por el monte Taigeto.
Aborto

En Argentina el aborto es, supuestamente, ilegal. La ley establece penas tanto para la mujer que se lo practica como para quien realiza el procedimiento (artículos 85, 86, 87 y 88 del Código Penal). La misma ley estable dos causas de excepción a estas penas: cuando el aborto se practica para “evitar un peligro para la vida o la salud” de la mujer o si el embarazo proviene de una violación de “una mujer idiota o demente” (artículo 86, incisos 1º y 2º del Código Penal) (1). Tampoco está penado el aborto que se produce en los casos de fecundación asistida o tratamientos de fertilidad, donde se eliminan clínicamente varios de los óvulos fecundados medicamente. Por una laguna de la ley, no se considera que eso sea aborto. Asimismo, el aborto está penalizado en un artículo del código penal de la Argentina: El Art. 88 dice “será reprimida con prisión de uno a cuatro años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer no es punible.” (2).

Tradicionalmente se consideró que en los casos de embarazos frutos de una violación a una mujer “idiota o demente”, el aborto no era punible. Pero desde hace unos años, ha surgido un grupo de juristas que consideran que el término “violación” es usado en el inciso 2 del artículo 86 citado a pie de página en forma general, y que el término “atentado al pudor” es el que se aplica únicamente a las embarazadas. Ergo, el inciso 2 del artículo 86 del Código Penal permite los abortos a los embarazos fruto de cualquier violación, no solo a una mujer “idiota o demente” (3).

A esta altura del milenio, sabemos que la letra de la ley ni garantiza ni protege sino que controla, crea y promueve ilegalidades de manera sistemática. En ese sentido, la ley, como se demuestra con los textos citados, ya deja un intersticio por donde las mujeres podríamos estar abortando. Lo que impide que abortemos no es la carencia de una ley, la corrupción, la mala voluntad de los jueces, la lentitud de la justicia –por citar algunos de los achaques populares con los cuales se intenta dar cuenta y/o excusar por qué las cosas están como están bajo esta forma de sistema (capitalista, modernidad tardía, estatal)-; sino un sistema explicativo del mundo (económico, social, político), y sus dispositivos en las mentes de quienes tienen que realizar los abortos, es decir el estamento médico, brazo armado del capitalismo, y del Estado. Por ejemplo, ha habido casos donde no era necesario un permiso legal para que un hospital público le practique un aborto a alguien comprendido en las leyes arriba mencionadas. Sin embargo, los médicos se han negado aduciendo desde convicciones religiosas, por otro lado irrefutables, e incomprobables, hasta la posibilidad de verse involucrados en juicios posteriores.

Así las cosas, como la voluntad y el deseo puede más, aquellas personas que hemos sido biopoliticamente asignadas al sexo mujer, de todos modos, abortamos. Pero, claro, doble moral e hipocresía mediante, las niñas ricas abortan mejor que las mujeres pobres…Una mujer que desea interrumpir su embarazo puede practicarse un aborto en una clínica clandestina sin ningún control. Los precios oscilan de los 100 a los 1500 dólares, siendo un salario mínimo oficialmente de 300 dólares en la Argentina. Otras de las maneras de detener un embarazo no deseado es perforarse el útero con agujas de tejer, infectarse introduciendo apios, o demás cosas, provocándose un aborto espontáneo.

Estas y otras maneras, producto de la desesperación y la marginalización no solo económica sino el empobrecimiento de los vínculos de contención afectivos y las redes de apoyo mutuo, hacen que el aborto clandestino sea el segundo causal de muerte (no natural) de mujeres en nuestra región, alcanzando cifras similares a las que llegan el tan mentado fenómeno del feminicidio en la región central de América Latina: más de 400 muertas al año. Por eso, soy de la opinión que la muerte producto de la interrupción de un embarazo no deseado forma parte del mismo fenómeno de violencia contra las mujeres empobrecidas que recorre Latinoamérica (recordemos que en las redes de apropiación de los cuerpos de las mujeres en los feminicidios de México y Guatemala, casi en la totalidad de los casos se trata de mujeres pobres, que trabajan de manera cuasi esclava en las famosas Maquilas, es decir talleres textiles y de alimento).

En la Argentina la hospitalización por aborto se ha incrementado en el país en un 57% desde 1995 a 2000; el 40 % de ellas corresponde a menores de 20 años. Se infiere que se producen entre 450.000 y 500.000 abortos por año (4). Las cifras del Ministerio de Salud indican que se practican 500 mil abortos por año, lo que equivale a casi uno por minuto. Como consecuencia de prácticas mal realizadas, unas 60.000 mujeres son hospitalizadas cada año, y el 24,2% de las muertes maternas son por causa de abortos clandestinos.
Personal y Político

Nunca pensé que me iba a embarazar y los motivos por los cuales sucedió, que no vienen al caso porque tal como afirmó el poeta iluminado, maldito y loco Antonin Artaud “Soy el único juez de lo que está en mi”, fueron razones evitables cuya responsabilidad solo caben a quien estaba en ese momento conmigo y a mí misma. Definitivamente, las condiciones, los motivos y las causas por las cuales me embaracé en nada tuvieron que ver con desinformación, falta de información, o de recursos materiales objetivos. Para muchas personas, que no se han secularizado de las calamidades religiosas y su superchería, y que claman por sangre y castigos, eso me hace más culpable que otras.

Yo en cambio no me arrepiento en lo más mínimo de haberme practicado un aborto a los 25 años de edad: fue una decisión acertada, tomada con mucha conciencia y claridad y basada en un tendal de razones que no expondré aquí pero que forman parte de mi matriz de pensamiento anarquista. A los 25 años yo ya era, de un modo u otro, la persona que soy hoy, y mi consciencia me dicta que obré correctamente, en beneficio de todas las personas involucradas, incluyéndome a mí, y al supuesto fruto de mi vientre, como lo llaman las revistas del corazón maternal: no todas las vidas son dignas de ser vividas y solo las que pueden ser dignamente vivibles deberían ser dadas a vivir.

Sin embargo, las condiciones en la que tuve que verme forzada a practicarlo, las mejores del mercado por cierto, fueron, de todas maneras, terribles y hacen que aún hoy, esa seria y gravosa decisión sea sumamente dolorosa. Casi no tuve herramientas comunales para asimilarlo. Mi madre, la psiquiatra Dra. María del Carmen Vidal y Benito, que aportó parte de la cuantiosa suma de dinero requerida, repetía la palabra “aborto” como quien dice “homicidio”. Algunas amigas se mostraron como lo que son realmente: malditas resentidas, moralistas empedernidas, cobardes envidiosas. Me sentía espantosamente mal, estaba en una pesadilla de la cual no podía despertar y que no podía compartir con nadie… o casi. El feminismo me ayudó mucho con herramientas conceptuales de deconstrucción de uno de nuestros grandes tabúes para poder sentir que fue un acto de suma responsabilidad no haber proseguido con mi embarazo.

Mis médicas apoyaron en todo momento mi decisión, y mas allá de sus creencias, ambas católicas, jamás me juzgaron, de hecho una no puede tener hijxs y la otra tardó hasta los 40 años en embarazarse. Pero se manejaron de manera ejemplar, siempre priorizando mi deseo, mi decisión, sin apuros. Finalmente, encontraron a una médica que practicara abortos, previo a intentar fallidamente un aborto espontáneo con el uso del OXAPROST/Misoprostol. Lo más complicado fue esconderse, esconder que la panza crecía, y las caderas se ensanchaban justificar mis ausencias en el trabajo, mentir todo el tiempo.

Con mi padre y mi hermano nunca hablé del tema. Sé que mi familia, ex militantes de izquierda y hoy con una clara tendencia progresista, piensa que tenía que pagar un precio por mi “error”. Porque no importa que diga la izquierda y el socialismo autoritario, en tanto y en cuanto no tengan otra manera de explicarse el mundo más que Estructural vs. Superestructuralmente, las dimensiones éticas, individuales, amatorias, etc. jamás formarán parte de sus redes de contención, apoyo mutuo, o amorosidad. Por eso, pudiendo mi familia poner todo el dinero -nuestra situación económica con mi compañero era pésima, en parte producto del abandono, el abuso y avasallamiento personal que desde muy chica había padecido por parte de mi familia pequeño burguesa ex militante-, nos hicieron pagar una parte, además del pago simbólico que bien se encargaron de hacerme llegar a mi en especial.
Aun puedo escuchar a mi madre, cual emisaria de esta sociedad hipócrita y moralista incluso cuando niega serlo: “Algo tenés que pagar vos”. Me deprimí mucho, y sentí culpa, cosa que en general no siento nunca, por qué sino estaba haciendo nada malo: ni el Código Penal considera que abortar es “matar a alguien”… y ya sabemos, mueren más niños pobres en el mundo por culpa del Estado que abortos se realizan en el mundo entero. O más niñas y niños son abusados en sus hogares, en el interior mismo de familias bien constituidas, que abortos producidos por violaciones en las calles…

Con el tiempo fui conociendo otro tipo de mujeres que o también habían tenido un aborto, o que me permitían hablar de esta experiencia con total tranquilidad, como hablo hoy. De más está decir que, como tantas de mi extracción social, no fue un tema de desinformación, como ya dije antes. Quizás alguien todavía pueda creer que el embarazo no deseado se trata de eso simplemente: acceso a la información. Sin embargo, aquellas personas que como yo hemos sido sujetas a la violencia primaria de ser biopoliticamente asignadas mujeres no nos embarazamos –sin desearlo- solo por no saber cómo prevenir un embarazo, o por qué no sabemos cómo vienen los bebés al mundo (5). Atrapadas en un entramado cuya malla es mucho más fina e imperceptible, somos sujetadas y concebidas como “futuras madres” desde el momento que deciden –por nosotras- perforarnos las orejas prácticamente al salir de la nursery. Vulnerables a un dispositivo mucho más sutil donde la maternidad es aún hoy el epítome de la trascendencia (y la felicidad) de la mujer, donde el amor romántico y en pareja es lo más deseable y placentero que nos puede ocurrir y aquello a lo que tenemos cual imperativo a tender, las mujeres nos embarazamos de manera no deseada hasta por mecanismos psíquicos de poder que operan en nuestros cuerpos, incluso cuando contamos con la información y los medios como para no embarazarnos (6) (y en muchos casos, esos mismos mecanismos de interpelación y constitución de una subjetividad que nos hace ser personas –mujeres- legibles, asimilables socializables en este mundo, son los que toman la decisión- por nosotras o con nosotras- de traer vida al mundo, ante la mala suerte).

Entonces, ¿cuando hablamos de educación sexual estaremos hablando acaso de socavar los imperativos de la maternidad y la feminidad, de mostrar la contingencia de este modelo binario sexual, de construir nuevas formas de placeres y de vinculaciones por afinidad y libre asociación de maneras impensables por fuera de la normatividad heterosexual y su obligatoriedad? ¿O simplemente de cómo colocarle a un varón un forro para penetrar a una mujer?
Moral Cristiana o Caretofobia

Pero el legado resuena: ya sea el del progresismo que quiere ver en el aborto (incluso estando de acuerdo) un gravísimo error donde, como decía mi madre, “algo hay que pagar” para expurgarlo, ya sea con esa moral cristiana secularizada que todo lo invade. Interrumpir un embarazo, estén a favor o en contra es materia de opinión donde todo el mundo tiene algo que decir al respecto. A simple vista, se puede advertir la falacia de quienes sostienen “a la vez” el criterio de prohibirlo y, de permitirlo. NO EXISTE LA POSIBILIDAD DE CREER QUE EN ALGUNOS CASOS EL ABORTO DEBE PERMITIRSE. O que algunos abortos son más válidos que otros, menos condenables.

Incluso el anarquismo, tenemos que decirlo para poder asumirlo y modificarlo, cuyas posiciones dogmáticas muchas veces son rayanas con las de los fundamentalistas de derecha: quien se embaraza debe hacerse responsable del producto de ese embarazo ya sea pariéndolo, incluso contra la voluntad, ya sea dándolo en adopción. Cada día me extraña más que personas que se dicen a sí misma anarquistas cuando hablamos del derecho al aborto se pongan ríspidas.

Pero la peor parte tiene que ver con el tema de la adopción. Sin ningún conocimiento de como funcionan los cruentos aparatos estatales, y sus instituciones con respecto a los menores de edad, claman “Si no lo quieren tener que los den en adopción”, como si esa fuera la solución. Como anarquista pregunto ¿entregaríamos una vida humana recién nacida atada de pies y manos al control del Estado, más absoluto y total, para que le encuentre una familia? De solo pensarlo me recorren escalofríos. Ya ni pretendo que entiendan que no es tan fácil cargar 9 meses con un ser no deseado, ni parirlo, ni voy a cuestiones que son del orden de los imaginarios sociales o de la institucionalización. Ni tampoco pido que discutamos qué es vida, y cuáles son dignas y a qué nos referimos con el derecho a vivir (¿quienes claman déjenles vivir, acaso se harían cargo de una vida que ellos y ellas no engendraron?) Simplemente digo que entre una cárcel y un instituto de menores, un hogar temporal, una familia sustituta, es decir aquellos reductos carcelarios de confinamiento estatal que el Estado tiene a disposición para niños y niñas recién nacidos (y no tanto), no hay mayor diferencia.

Asimismo, probado es para nuestra barricada que la Familia Moderna y el Estado no solo son solidarias, sino prácticamente funcionan de manera análoga, siendo la primera mucho más susceptible de perversidades que el segundo, de hecho (7). ¿Qué personas elige, de hecho y para colmo de males, a través de sus instituciones, es decir sus aparatos represivos, de disciplinamiento y control, para encargarse del cuidado y de la sociabilidad de una persona recién nacida o de un menor de edad? ¿Qué tipos de familias el Estado selecciona para niñas y niñas a adoptar? ¿Cómo podemos creer como anarquistas en el concepto de familia después de todo el avasallamiento de nuestras sexualidades y nuestras individualidades perpetrados por los progenitores en la Modernidad en el interior de esos lugares donde hemos sido criadxs? ¿Incluso creemos que el Estado debe encargarse de distribuir cuerpos no deseados venidos al mundo entre las familias “de bien” (la célula base de la sociedad)?

Por eso quienes se reclaman anti-sistema y afirman “denlos en adopción”, quizás deberían repensarse, porque es bastante similar a predicar, como he intentado demostrar mayeuticamente, a decir “que los metan presos”.
Mi Lucha, tu Lucha

Antígona funciona como una contra-figura frente a la tendencia defendida por algunas feministas actuales que buscan apoyo y autoridad del Estado para poner en práctica objetivos políticos feministas
Judith Butler

¿Es válido encarar una lucha sin sopesar medios y fines, prácticas y devenires que hagan de la lucha no solo un objetivo a alcanzar sino una tecnología de re-apropiación del Yo y un movimiento de construcción y deconstrucción de quienes somos para devenir seres distintos? Esta pregunta, en mi opinión clave e inmanente al anarquismo, que lo define en su mismidad, no exime a las luchas en torno a la despenalización y/o legalización del aborto, y todas las acciones directas a su alrededor. No es la intención de este apartado criticar la acción de mujeres probablemente infinitamente más valientes y tenaces que yo –aunque en muchos casos profundamente erradas-, sino la de polemizar, debatir y discutir activamente para llegar a nociones superadoras puesto que parece que siempre chocamos, al final del día contra los mismos muros: Estado, prácticas de dominación, jerarquías.

Hasta donde tengo conocimiento de causa, las luchas (tanto individuales como por parte de grupos u organizaciones) en relación al aborto en nuestra región ratifican y hacen más fuerte al Estado (con muy honrosas excepciones que de todas formas se manejan con prácticas de verticalidad propias de los partidos de izquierda que las impulsan, aunque más no sea subrepticiamente). En los años que llevan haciendo lobby político no han logrado ningún avance más que su propia promoción como políticas o miembros de ONG. De hecho, desde la conformación de la comisión general por el derecho al aborto en los 80 hasta hoy sus prácticas se vieron desmejoradas e influenciadas por un activismo rentado a partir de ingresos de subsidios extranjeros del capital provisto por los fondos de la cooperación europea o de otros Lares. En general, lo que intentan es mostrarle al Gobierno lo que ya se sabe: las mujeres están todas de acuerdo, o en su gran mayoría, con el derecho a decidir sobre el propio cuerpo, incluyendo el derecho al aborto. Las encuestas de apoyo salen hasta en los medios masivos. Con lo cual no se explica porque siguen juntando firmas, en folios que prolijamente entregan al Ministerio de Salud, o a los legisladores. También la izquierda se llevó su tajada cuando formó en su momento parte de esta misma campaña, y aunque se diferencia por su crítica al gobierno, sus métodos autoritarios y/o sectarios son también inconducentes, como ya hemos dicho. Lo han visto, históricamente, como un buen nicho de mercado para captar nuevas militantes para la lucha principal, es decir la toma del Estado para establecer una dictadura del proletariado, en el mejor de los casos.

A nivel de activistas sueltas, autónomas o independientes, llamémoslas así, ha habido iniciativas, por ejemplo el colectivo De Boca en Boca o Mujeres Libres en Argentina, que hicieron folletos informativos sobre el uso del Oxaprost/Misoprostol, o llegaron incluso a tejer redes de apoyo para aquellas que se practicaron un aborto casero con esta sustancia. En la actualidad, una coalición de lesbianas de izquierda con cierto sector marginal del marxismo impulsa una línea gratuita de apoyo e información para el uso de esta droga en la interrupción del embarazo. Esta agrupación contaría con un financiamiento exterior que formaría parte de las corajudas iniciativas de Rebecca Gomperts y Mujeres en Olas. La iniciativa se vio inmersa en toda suerte de pleitos internos, y un tendal de reproches que tenían como objetivo ver quién llevaba la batuta en el concierto de la prensa, con roles fijos asignados para la implementacion de medidas (comisión de medios, de telecomunicaciones, etc.). El saldo fue, entre otros desde activistas fuera del proyecto hasta alguna “líder” con un brote psicótico.

Asimismo, detalle no menor, todas las luchas encaradas en torno al aborto hoy se unen y se encarnan en torno al género común y no en torno a objetivos, al espontaneísmo, o los principios de libre asociación por afinidad, dejando afuera a los varones que gustosamente desean participar y activar en este campo. Y, puesto que el activismo pasó a ser rentado, muchas veces esta decisión solo se sustenta porque para cobrar un subsidio de algunas de las organizaciones feministas del mundo hay que contar con un grupo de solo mujeres.

Mientras la cuestión del aborto legal, gratuito, seguro y de los anticonceptivos y la información sobre sexualidad (hoy en la agenda del feminismo institucional, autónomo o de izquierda) no revise las prácticas sustentables y comunales a partir de la cual se implementen acciones directas solo podremos esperar magros resultados que no redunden en una superación de los modelos de vida instituidos inconscientemente por este sistema. De un modo u otro, solo podrán ser apoyados con un optimismo crítico y escueto dado que no solo no cuestionan sino que fortalecen la intervención del Estado sobre las decisiones individuales y la vida de las mujeres (el Estado visible o el Estado inconsciente, encarnado en las prácticas que se desprenden y que ponen en juego esos grupos). En muchos casos, canalizan la rebeldía y el descontento popular, que podría ser utilizado tanto para iniciativas de lucha individual o autónoma, como para insurrección, y llevan ese descontento hacia un lugar donde finalmente no se logra nada. Para que nuestros resultados sean holístico, y posibiliten la creación de un nuevo ecosistema libertario, tenemos que tender a acciones que nos permitan re-pensarnos por entero en aquellas prácticas que tenemos incorporadas y encarnadas hasta en los pelos del pubis -la lucha por el poder, el deseo desaforado de figurar y ser protagonista- para poder ejercer verdaderas praxis vital contra la dominación en todo momento en todo lugar.
ANARQUISTA

Desde una óptica anarquista aggiornada lectora del post-estructuralismo, no considero que sea conducente y productivo mendigarle derechos al Estado. Más aun, este diálogo con el Estado, reclamándole que legisle y controle nuestras existencias, lo legitima como interlocutor válido, e invisibiliza el hecho de que el Estado todo es una construcción improcedente que está ahí para someternos (es decir, para embarazarnos no deseadamente, y luego negarnos el acceso a un aborto gratuito). Asimismo, y como ya dejé entrever, solo prácticas que no solo remienden con parches nuestra situación actual sino que permita socavar a todo nivel (comunal, personal, individual) los dispositivo de la heterosexualidad obligatoria, la heteronormatividad, y la división sexual en el capitalismo en varones y mujeres, con pactos éticos que no nos encuentren peleando por quién atiende el teléfono, sino destruyendo el sistema y construyendo y viviendo el futuro hoy, podremos licuar las estructuras psíquicas donde los poderes se apoyan por completo. La lucha por derechos, sean de las mujeres o de los varones, o de las clases, está entrampada en los presupuestos liberales e iluministas que, como hemos visto, incluso con las mejores intenciones, no han hecho más que aumentar en las últimas décadas, la mortandad por hambre, guerras, miseria, exterminio y abortos clandestinos de embarazos no deseados.

El paso es, desde algún paso, previo: deshaciendo los géneros, la alianza y los imperativos de poder médico jurídico y económico, se establecerían nuevas posibilidades de interacción entre las aun inimaginables corporalidades que entre otras cosas no redundarían en embarazos no deseados, para poder formar redes de afinidad desde donde y a partir de las cuales apoyarnos mutuamente.

 


 

1) http://www.derechoalaborto.org.ar/legis.htm

2) Los artículos referentes al aborto fueron reformados varias veces, la última de las cuales tuvo lugar en 1984. El artículo 86, que es a la postre el más importante, data de 1922:
Artículo 85: El que causare un aborto será reprimido:1. Con reclusión o prisión de tres a diez años, si obrare sin consentimiento de la mujer. Esta pena podrá elevarse hasta quince años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.2. Con reclusión o prisión de uno a cuatro años, si obrare con consentimiento de la mujer. El maximum de la pena se elevará a seis años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer. Artículo 86: Incurrirán en las penas establecidas en el artículo anterior y sufrirán además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo. El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:1. Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios;2. Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto. Artículo 87: Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que con violencia causare un aborto sin haber tenido el propósito de causarlo, si el estado de la paciente fuere notorio o le constare. Artículo 88: Será reprimida con prisión de uno a cuatro años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer no es punible

3) la reflexión fue tomada de http://terraincognita3.wordpress.com/category/gines-gonzalez-garcia/

4) Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito http://www.rimaweb.com.ar/aborto/camp-nac28sep.html

5) Y aquí ni siquiera cuento a todas aquellas material y directamente violentadas de una manera o de otra ya sea a partir del abuso producto de los vínculos apasionados que tienen a los avasallamientos de sexualidades no desarrolladas en toda su plenitud como su objeto ni a las violadas. Es decir que me refiero a lo que se conoce como abuso infantil, cuando en realidad debería ser considerado un abuso del vínculo apasionado que une a una niña con un adulto. Sobre este tema Cf. www.pidoperdonzine.blogspot.com y Mecanismos Psíquicos del Poder de Judith Butler.

6) Dejo fuera de esta hipótesis los relatos que han llegado a mis oídos de mujeres que quedaron embarazadas por DIUs mal colocados, por partidas de pastillas en mal estado provistas por los centros de salud, o simplemente por DIUs retirados por lxs médicos.

7) Sobre la diferencia entre perversión y perversidad, Cf. Elisabeth Roudinesco, Nuestro lado oscuro, una historia de los perversos.


  • 28 Sep 2009

Sole Ascencio // Feministas Biobio, Concepción-Chile.  La línea telefónica nace con dos objetivos. El primer de ellos, entregar información a las mujeres respecto del uso del misoprostol, medicamento que bien sabemos las mujeres llevan años utilizando. Desde este punto de vista, no estamos descubriéndoles a las mujeres nada nuevo. Lo “nuevo” está en proporcionar información segura, respaldada por diversas organizaciones. No se trata de dar consejería ni de hacer derivaciones, y eso bien lo saben las telefonistas, en quienes debemos confiar y a quienes debemos apoyar, por cuanto están haciendo un trabajo impecable, siguiendo cada una de las modificaciones hechas al protocolo.

Pero hay un segundo objetivo, uno más político, que tiene que ver con abrir/posicionar el debate de los derechos sexuales y reproductivos, y más concretamente, el de la despenalización legal y social del aborto, sin apellidos. Ello, bajo el convencimiento que las mujeres tenemos derecho a decidir sobre nuestros cuerpos y sobre nuestra vida. No podemos hablar de equidad cuando el ejercicio de derechos está limitado y/o restringido.

Respecto de esto último aún tenemos mucho por hacer. Hasta ahora las noticias que han aparecido en los medios giran en torno a si se constituye o no un ilícito el funcionamiento de la línea, toda vez que el aborto está penado por ley. Empero, poco o nada se ha hablado de derechos sexuales y reproductivos, el debate más político ha estado ausente, ha sido silenciado, y he ahí nuestra responsabilidad en tanto mujeres feministas, debemos instalar el tema en los distintos espacios en que nos movemos, mediáticos y no mediáticos.

Las feministas de Concepción estamos convencidas que no constituye delito proporcionar información respecto del uso del misoprostol, en cambio sí constituye un derecho humano y universal, y una responsabilidad en tanto feministas. Tenemos el convencimiento de no estar “incitando” a nada, de no estar promoviendo nada. No es apología del aborto, es el derecho a la información y a la decisión, decisión que es y será siempre de las mujeres. Cabe destacar que las llamadas por día alcanzan a 6 en promedio y los fines de semana se incrementan de manera considerable. Las llamadas en un 95% son de mujeres que realmente necesitan la información, el otro porcentaje tiene que ver con otras necesidades.

El discurso político, ese que debemos liderar todas y cada una de nosotras, a lo largo y ancho de nuestra conservadora geografía, debe sostenerse en el convencimiento de estar ejerciendo uno de los derechos fundamentales, cual es el derecho a la información. El saborcillo del ilícito tiene su encanto, mas, si nos quedamos ahí, no dejará todo esto de ser un debate jurídico-policial.


 

FUENTE: Material Línea de Aborto Seguro


  • 28 Sep 2009

Pelao Carvallo // ¿Quienes son las aborteras? Puestas a pensar en el tema del aborto, habitualmente olvidamos hablar de estas mujeres (¿son sólo mujeres?) ¿Qué tanto tendrían que decirnos del tema? Han de ser, las aborteras, unas mujeres populares, unas feministas avant-la-lettre, unas resistentes, que tienen, desarrollan y transmiten un conocimiento femenino popular de resistencia. Son, las aborteras, unas mujeres arriesgadas, valerosas, que están involucradas en una redes de resistencia femenina bastante grandes y flexibles, clandestinas, ocultas al poder, que hacen su labor sanitaria en condiciones de emergencia y sin apoyos más que los que encuentran en su territorios y las redes que han construido.

Son mujeres respetadas, con cierta autoridad –en el sentido de sabiduría, no de poder- , en las que otras mujeres, populares, pobres, de su mismo territorio, encuentran tanto apoyo y consuelo como respuestas y soluciones a sus urgencias.

En ningún caso estoy mencionando a esa industria, también ilegal en Paraguay y buena parte de Latinoamérica y el Caribe, del aborto médico y hospitalocéntrico, pensado y prácticado para solucionar los problemas de las clases medias y altas y que oferta la seguridad de una atención supuestamente bien equipada y bien acondicionada, en clínicas y consultas legales, la más de las veces sin los equipamientos ni la salubridad necesarios, sólo con el “título” necesario, y siempre con precios de usura gozando además de la impunidad legal que ofrece el formar parte de la escena del poder. En definitiva, no nos referimos acá a esos mercaderes del aborto, médicos hombres habitualmente, cuyo objetivo es lucrar a costas de la penalización de esta práctica.

Las aborteras hacen un trabajo silencioso, clandestino, resistente. Usan herramientas e instrumentos fácilmente conseguibles en su entorno y traspasan su conocimiento para mantener con vida esta sabiduría. Si bien muchas de ellas reciben alguna compensación monetaria por la ayuda que dan, no constituye este tema su principal fuente de trabajo ni soluciona su vida -ninguna abortera se ha hecho rica en Paraguay ni en Latinoamérica-. Habitualmente trabajan en otra cosa, sostienen por su cuenta a sus propias familias.

Las aborteras deberían ser apreciadas, valoradas, en tanto son una demostración viva de una resistencia femenina popular desde el conocimiento aplicado, desde la transmisión libre y social de un conocimiento resistente y subversivo. En la práctica, ellas han politizado, desde lo popular clandestino, el tema del aborto.

Podemos comparar el trabajo de las aborteras al que realizaban los equipos sanitarios de las organizaciones guerrilleras en América Latina, o el maquis (2) de Europa en la resistencia antifascista. Nadie ha pedido cuentas a esas resistencias por los fallos en sus atenciones de urgencia en salud, por las muertes “en camilla” que tuvieron. Es más, de algún modo, se les ha valorado y felicitado. Hicieron su trabajo, resistieron y ayudaron a resistir al pueblo. Tuvieron también como resultados un porcentaje de muertes y mutilaciones. Considerado que dadas las condiciones de trabajo, la clandestinidad de la situación, el peligro envuelto, la escasez de herramientas, esos equipos clandestinos de salud realizaron una labor inestimable. Igualmente quienes conformaron estos equipos tuvieron un trato de héroes y heroínas puesto que ayudaron a salvar vidas y reponer luchadores y luchadoras a la causa. Pese a tantas muertes y fallos que tuvieron.

En cambio, a las aborteras latinoamericanas, ni se les respeta ni se les valora. Sólo se les condena y criminaliza. Y eso sería entendible de un estado laico que penaliza la resistencia que hacen las aborteras o de su contraparte religiosa que condena esa misma resistencia. Pues incluso, aún quienes luchamos por un aborto libre, gratuito, seguro y accesible para todas quienes lo necesiten, no hemos valorado el trabajo silencioso y heroico de estas luchadoras del conocimiento popular femenino. Ciertamente esta mirada puede ser tachada de parcial y poco verdadera. Es cierto, es sólo una mirada que pretende poner atención en uno de los factores de nuestra lucha, uno que hasta ahora no ha sido tomado en cuenta. Este factor es que existen mujeres que realizan abortos para ayudar a otras mujeres, a partir de un conocimiento popular femenino de resistencia.

Clyde Soto (2) realizaba una serie de afirmaciones, al describir la situación del aborto en Paraguay: “No sabemos cuántos abortos se practican en el país en cada año. No sabemos qué proporción de embarazos terminan en aborto. No sabemos cuántos de estos abortos se realizaron de forma segura y cuántos fueron abortos riesgosos. No sabemos qué cantidad de mujeres fueron hospitalizadas por esta causa. No sabemos qué consecuencias han tenido estos abortos en la salud de las mujeres. Entre otras muchas cuestiones que todavía no sabemos.”

Agregaría que no sabemos nada de las mujeres aborteras, posibles aliadas en la lucha tanto por la despenalización del aborto cómo en la lucha por un aborto libre, gratuito, seguro y accesible para las todas quienes necesiten. Necesitaríamos saber más de ellas y de su larga historia de ayuda a otras mujeres. También de la gran carga que significa arrastrar consigo la posibilidad del fallo en el quehacer, que en este caso puede significar la muerte o el daño en otras que han confiado en su asistencia, y la propia cárcel y castigo para ellas. Habría que hablar con ellas, las aborteras o quizás, simbólicamente, rendirles cierto homenaje a esas luchadoras.

En la idea de cambiar las cosas, transformar la realidad, a ratos deberíamos, como decía Roberto Fernández en el taller de pensamiento (3) “pensar indisciplinada y sospechosamente, al revés y de vuelta, sin concesiones” y, en el caso del aborto, sumar a la justa preocupación por las víctimas, una también justa preocupación por aquellas mujeres que han autogestionado soluciones a problemas de las mujeres populares, siendo ellas mismas partes de ese inmenso colectivo.

 

 


 

1) El maquis también conocido como la guerrilla o GE (Guerrilleros Españoles), fue el conjunto de movimientos guerrilleros antifascistas de resistencia en España que comenzó durante la Guerra Civil. (Maquis -guerrilla antifranquista-,Wikipedia).
2) Soto, Clyde, El aborto como causa de muerte en mujeres del Paraguay-2003, CDE, Asunción, 2004.
3) Taller de pensamiento, curso de verano de objeción de conciencia y antimilitarismo, Ni Casco Ni Uniforme, enero 2007, La Morada/Radio Tierra, Santiago, Chile.